Decretan escasez hídrica en la Provincia de Copiapó por "sequía extraordinaria"
MOP. El Informe Hidrometeorológico señaló que en las estaciones Pastos Grandes y el Embalse Lautaro no hay registros de lluvias entre abril y septiembre. Índice de caudales está muy bajo.
cronica@diarioatacama.cl
Como un periodo de "sequía extraordinaria" ha sido calificada la situación que atraviesa la Provincia de Copiapó. Esto, a partir del "Informe de Condiciones Hidrometeorológicas" emanado por la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas (DGA), perteneciente al Ministerio de Obras Públicas (MOP).
De hecho, en base a los resultados del estudio, el ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno, decretó el lunes escasez hídrica para la Provincia de Copiapó en la Región de Atacama y en la comuna de Calera de Tango del Área Metropolitana.
Según el reporte de la DGA, "Para la Provincia de Copiapó, el Informe Hidrometeorológico N° 35 del 8 de octubre de 2020, señala que en las estaciones Pastos Grandes y el Embalse Lautaro no hay registros de lluvias entre abril y septiembre de este año y el Índice de Precipitaciones Estandarizados (IPE) es inferior al límite".
El informe agrega que "por otra parte, entre las regiones de Atacama y Los Lagos, la condición de sequía se confirma si el Índice de Caudales Estandarizados (ICE) entre las regiones de Atacama y Los Lagos es igual o menos a -0,84. Este indicador considera los caudales medios mensuales, acumulados de los últimos 3 meses consecutivos, que en la estación Río Copiapó en Pastillo llegó a -1,14".
Sobre el tema, el director general de aguas del MOP, Oscar Cristi, señaló que "entre otras herramientas, da la posibilidad a la DGA de intervenir para la distribución de las aguas, si los usuarios no lleguen a acuerdo, según lo señalado en el artículo 314 del Código de Aguas".
"Estos decretos también le entregan a la DGA la capacidad de autorizar extracciones sin que haya un título de derecho de aprovechamiento de agua de por medio, que es el caso de algunos Sistemas de Agua Potable Rural (APR). En el sitio web del Servicio se encuentran disponibles los criterios y formularios correspondientes a estas solicitudes", agregó el titular de la DGA.
La declaración de escasez hídrica permite a otros servicios como la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) del MOP aprobar, por ejemplo, decretos de emergencia MOP que permiten entregar soluciones en el corto plazo a las comunas afectadas, entre las cuales se incluyen el mejoramiento de Sistemas de Agua Potable Rural (APR) y desarrollar obras por trámite directo sin licitaciones.
El proceso
La Resolución DGA 1674 del 12 de junio de 2012 establece que para declarar escasez hídrica se realiza una evaluación cuantitativa de los datos registrados en la Red Hidrométrica Nacional de la DGA y se comparan los valores estadísticos con índices específicos estandarizados.
Estos decretos rigen por seis meses a partir de la fecha en que fue firmado por el Ministro de Obras Públicas, en paralelo se envían a la Contraloría General de la República y después de la Toma de Razón se publican en el Diario Oficial.
Si bien desde el momento de la publicación en el Diario Oficial, se presume conocido el Decreto de Escasez Hídrica. Desde el MOP (DGA) se acostumbra informar a quienes lo solicitaron. Además, la información se encuentra disponible en el sitio web de la DGA.
Criterios
Desde el MOP detallaron cuáles son los criterios técnicos para decretar escasez hídrica. En esa línea, se consideran caudales, precipitaciones, embalses y aguas subterráneas.
Para las lluvias se utiliza el Índice de Precipitación Estandarizado (IPE) y, para caudales, el Índice de Caudales Estandarizado (ICE). Esta metodología se usa actualmente en la mayoría de los países.
En relación a los umbrales usados, estos corresponden a un período de retorno de 5 años.
Para cuencas que contengan embalses de regulación interanual y el volumen almacenado sea inferior al 60% del promedio estadístico del mes, el valor del ICE es menos exigente.
Para aguas subterráneas la condición de sequía se verificará si en cualquier momento, en un sector hidrogeológico de aprovechamiento de agua, la capacidad de las captaciones cumplen las siguientes condiciones:
En el caso de empresas sanitarias, cuando sea menor al 50% de la capacidad informada a la superintendencia de Servicios Sanitarios en el último proceso tarifario.
En el caso de sistemas de agua potable rural, cuando sea menor al 50% de los derechos de aprovechamiento de agua subterránea otorgados.
"Da la posibilidad a la DGA de intervenir para la distribución de las aguas, si los usuarios no lleguen a acuerdo". Oscar Cristi director general de aguas del MOP sobre el decreto de escasez hídrica.