Funa contra matrona no podría ser borrada de Facebook al no identificarse la autoría del "post"
EN ATACAMA. A pesar de que la Corte de Copiapó rechazó el recurso de protección interpuesto por el Servicio de Salud de Atacama por esta "funa" en redes sociales, desde el servicio indican que queda por apelar el recurso en la Corte Suprema. Es decir, todavía se espera revertir el fallo en las últimas instancias.
Finalmente la Corte de Apelaciones de Copiapó terminó por rechazar el recurso de protección interpuesto por el Servicio de Salud de Atacama (SSA) en contra de una mujer, quien publicó en facebook que una matrona del Hospital Jerónimo Méndez de Chañaral habría abandonado sus deberes al no atender a una embarazada de cinco meses en el recinto médico.
Básicamente, como no se acreditó, al presentarse el recurso del SSA, que el autor de la publicación fue la persona, aún cuando coincide uno de los nombres y uno de los apellidos de la recurrida en la red social, no es posible constatar con certeza que lo que allí se expresa haya sido proferido, publicado o divulgado por la persona en dicha red. Es decir, puede que otra persona pueda también hacerlos desde esa cuenta en facebook.
Si bien se rechazó el pasado 16 de febrero, desde el SSA todavía no quieren referirse al tema del recurso de protección de la matrona, debido a que aún quedan instancias para apelar al fallo.
Cabe señalar que en el recurso del SSA se señaló que en el "post" se trató de negligente tanto a la profesional como al director del Hospital, vulnerando el derecho a la honra de éstos y de la institución, motivo por el cual se solicitó borrar el comentario de la red social.
¿por qué se rechazó?
De acuerdo a los antecedentes del recurso, una de las razones por la que no es posible afirmar que haya sido la persona la culpable, es que no se entregaron mayores antecedentes que permitan establecer que las publicaciones tuvieran una relación inmediata y directa con la recurrida, debido a que cualquier persona, con conocimientos mínimos en computación, podría crear un perfil con el nombre de un tercero en redes sociales (usando imagen de una persona) con la finalidad de darle un mal uso.
Al no aparecer la individualización de la remitida en el recurso de protección, no hay certeza de que esa persona haya publicado el post.
En síntesis, no se consta que se hayan acompañado por la recurrente otros antecedentes que permitan establecer que las publicaciones tuvieran una relación inmediata y directa con la recurrida.
Situación del hospital
Cualquier institución pública o privada tiene un máximo de 15 para contestar un reclamo. No obstante, al parecer en este caso no habría alguno en las canales oficiales del hospital.
Cristina Aguirre, presidenta del Colegio de Matronas y Matrones de Chile en Atacama, profesional con más de 25 años de experiencia en la región, afirmó que "como colegio siempre estamos preocupados de ir mejorando la calidad de las colegialas. Sin embargo, no tenemos ninguna situación de sanción o denuncia por falta a la probidad, técnica o normativa existente en cuanto a lo que se hace mención en la publicación".
Según señalo una de las afectadas, quien habría publicado el post, que terminó viralizado, fue la madre de la paciente, quien presentaba una molestia de su embarazo. Además, no fue atendida de urgencia, sino que con normalidad y por un médico general. De acuerdo a los antecedentes, la funa fue una especulación o mala interpretación de una atención que se hizo efectiva en octubre del 2022 y que tuvo el apoyo de una matrona, profe-