Uno de los aspectos más novedosos y no alejado de cuestionamientos, se refiere a que la propuesta constitucional tiene un carácter ecológico. En ella se establece que la Naturaleza tiene derechos, se reconocen una serie de principios para la protección de ella y el Medio Ambiente, se establece el deber del Estado de adoptar acciones para hacer frente a la crisis climática y para proteger la biodiversidad y animales, se reconocen los bienes comunes naturales, la existencia del maritorio, se establece un nuevo estatuto para las aguas, se mantiene la propiedad de las sustancias minerales y finalmente, se crea la Defensoría de la Naturaleza.
Creo que el punto más relevante, tal como lo señaló el abogado y académico Luis Cordero, se refiere al cambio de paradigma que conlleva el considerar a la Naturaleza como sujeto de derechos, lo que elimina la instrumentalización cosificada del Medio Ambiente y, conlleva a que sea el Estado el encargado de su protección o ser custodio de los bienes comunes naturales definidos en el artículo 134 N°1, tales como el mar territorial y su fondo marino; las playas; las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y bosques nativos; el subsuelo y los demás que declaren la Constitución y la ley.
En la región, el deber de custodio del Estado podría conllevar a apalancar recursos para implementar Planes de Prevención y/o de Descontaminación Atmosférica, Planes de Manejo u otras iniciativas para la protección y/o recuperación de zonas degradadas por la presencia de pasivos ambientales. Junto con esto, otorga cuando corresponda, la posibilidad de poder caducar, extinguir o revocar autorizaciones administrativas para el uso de bienes comunes naturales inapropiables, conforme a la ley; lo que quizás podría permitir en el mejor escenario, recuperar los niveles de los acuíferos y por qué no, volver a ver un caudal constante en nuestro río Copiapó.
A su vez, las responsabilidades señaladas en esta nueva propuesta demandan prolijidad y una mayor atención a los Organismos del Estado con Competencias Ambientales, ya sea en la evaluación de proyectos de inversión, como en su fiscalización ambiental y sectorial tendientes a preservar, conservar y en su caso, a reparar la calidad del aire, suelo, y agua en la región. Lo cual, sin duda requerirá de un aumento en la glosa presupuestaria.
Finalmente, es importante señalar que en la elaboración de los artículos que se consignan en el Capítulo III de la Propuesta Constitucional, se consideraron de forma transversal las recomendaciones internacionales para enfrentar la crisis climática, que pone en riesgo los ecosistemas y con ello nuestra vida.
El cambio climático, es una de las mayores amenazas que enfrenta la sociedad moderna y Chile, no está ajeno a sus efectos. Recordemos que hace un unos años, las tres provincias de Atacama sufrieron las consecuencias de un potente e inesperado aluvión.
Danilo Gutiérrez Bornes
Ingeniero ambiental