Tribunal Oral condenó a Hugo Pastén a tres presidios perpetuos calificados
POLICIAL. Pasará el resto de su vida en la cárcel, tras un fallo histórico que sólo se había dado en delitos de lesa humanidad.
Hugo Pastén, conocido como el "Sicópata de Copiapó" y quien dio muerte a tres mujeres en la capital regional, pasará su vida en la cárcel luego que el Tribunal en lo Penal lo condenó a cumplir tres penas de presidio perpetuo calificadas, por dos delitos consumados de homicidio calificado (alevosía) por la muerte de Sussy Montalbán y Marina Cabrera y un delito consumado de sustracción de menor de edad con homicidio y cuyo cuerpo aún no ha sido encontrado.
En el primero de los casos Hubo Pastén sostuvo contacto por redes sociales con Sussy, tras esto el 16 de enero de 2019 y tras ganarse la confianza de ella, concurrió hasta el domicilio de ella y cuando esta junto a ella la atacó ahorcándola.Luego, el imputado prendió fuego, causando un incendio en la casa.
Tras aquello, se llevó el automóvil de la víctima, dejándolo posteriormente abandonado en calle Talcahuano en Copiapó.
El segundo hecho ocurrió el 5 de febrero de 2019, cerca de las 9 horas, cuando Marina Cabrera, una joven madre boliviana de 23 años salió desde su casa, junto a su hijo menor de edad, a la escuela Vicente Sepúlveda Rojo en Copiapó, lugar donde lo dejó para luego efectuar trámites. Según lo que se constató en la investigación, Pastén la trasladó en una camioneta hasta la Cuesta Cardone a la 'Mina Dos Elbas', donde él había trabajado y allí la agredió hasta causarle la muerte por un traumatismo craneal.
Los familiares no sabían qué había pasado con Marina, esto hasta que una geóloga denunció el hallazgo de restos en la mina que estaba abandonada. La PDI comprobó que habían restos óseos y cabellos, ropa y un celular de una mujer.
Gracias a la prueba genética de ADN, se determinó que los restos correspondían a la mujer.
La tercera víctima, se trata de una adolescente de 16 años, quien el 23 de junio de 2019, aproximadamente a las 02:50 horas, tras haber asistido a una fiesta, en Copiapó, caminó hasta la esquina del callejón Pedro León Gallo con la avenida Los Carrera. Lugar en el cual, con el objetivo de regresar a su casa, ubicada en Estación Paipote, en Copiapó, abordó el taxi colectivo que esa noche, Pastén Espinoza. Su madre se comunicó con ella y la joven le dijo que se trasladaba en el colectivo, sin embargo transcurrieron los minutos y no llegaba. Ante estos, la madre la volvió a llamar al celular y entre sollozos le dijo '¡ay mamita!', manifestando dolor y aflicción; cortándose la llamada y apagándose el teléfono.
Pastén se apartó de su ruta y le llevó al sector del Camino Internacional, aproximadamente a 20 kilómetros de distancia de Copiapó, en esa área la agredió, lo que quedó en evidencia por la gran cantidad de sangre impregnada en el vehículo conducido por el imputado y en su chaqueta.
Familia
Ximena, madre de la adolescente señaló que está conforme con la sentencia. "Este tipo no va a salir nunca más, sólo a nosotros nos queda encontrar a la Cata y la vamos a encontrar, vamos a seguir hasta el último día".
En tanto el padre de la joven, Luis Álvarezexplicó que "es lo que esperábamos y lo que queríamos, el resultado que se dio hoy. Estamos con un poco de alegría y con sentimientos encontrados, de alguna manera vamos a encontrar a mi hija".
Reacciones
Alex Farías, abogado querellante del esposo de Marina Cabrera, explicó que este es un fallo histórico.
"Esto sólo se había dado en delitos de lesa humanidad, como el caso de Krassnoff, esperamos que se consolide y quede ejecutoriada".
Por su parte el fiscal jefe de Copiapó y quien dirigió toda la labor indagatoria de estos crímenes, Christian González, reiteró que en la justicia ordinaria de este país nunca se habían impuesto estas condenas, lo que significa un debido castigo a hechos tan graves cometidos en contras de las mujeres víctimas.
"Esta sentencia inédita en contra de Hugo Pastén reconoce todo el trabajo que realizó la Fiscalía, primero en lo que respecta a dar por acreditados los hechos por los cuales acusamos al condenado, y segundo porque se impusieron las penas que el Ministerio Público solicitó en su contra. Es importante además porque en estos fallos se reconoció la agravante de haber actuado por ideología de género en contra de las víctimas. De esta manera, esta sentencia junto a otras que se han aplicado en el país como es el caso de Martín Pradenas, van construyendo jurisprudencia para una efectiva protección de las mujeres del país", dijo González.
"En la justicia ordinaria de este país nunca se habían impuesto estas condenas, lo que significa un debido castigo a hechos tan graves cometidos en contras de las mujeres víctimas".
Christian González, Fiscal