E l 13 de febrero del presente año entro en vigor la tan esperada ley de plásticos de un solo uso, con lo cual los locales de expendio de alimentos tienen prohibido entregar elementos de plásticos de un solo uso como pueden ser cubiertos, revolvedores, bombillas y palillos. Además, desde ese día están prohibido los productos de poliestireno expandido, conocido comercialmente como plumavit, de un solo uso como vasos, platos, contenedores en general.
Desde esta fecha también, los supermercados tendrán la obligación de contar con una oferta de bebidas en formato retornable, así como el deber de recibir este tipo de botellas que lleven los clientes, a contar de agosto del 2023 la obligación de ofrecer y recibir botellas retornables se extiende a otros comercios como almacenes o tiendas de conveniencia
En agosto del 2024, según el cronograma de aplicación de la ley, ningún local de comida podrá utilizar productos que no sean reutilizables, se entiende que, no solo queda prohibido al interior del local el uso de cualquier producto plástico, sino que también de cualquier otro material que no sea reutilizable.
Así también a partir de la misma fecha los servicios de delivery solo podrán utilizar utensilios y envases de plásticos certificados, es decir que estén elaborados a partir de recursos renovables, y que puedan ser compostados. Esta normativa se aplicará, también, si es el mismo consumidor quien retira los alimentos del local de expendio de alimentos.
Otro hecho de importancia que contempla esta ley es que todas las botellas plásticas desechables de bebidas que se comercialicen tendrán que ser elaboradas en base a plástico recolectado y reciclado en Chile, con lo cual se promueve el reciclaje y la creación de empleos verdes en el país
El incumplimiento de esta ley genera multas entre 1 y 5 UTM por cada producto entregado que no cumpla la normativa. Para el caso de que los supermercados que no cuenten con bebidas en formato botella retornable serán sancionados con una multa de 1 a 20 UTM por cada día que se extienda esta situación, dichas multas serán aplicadas por el Juzgado de Policía Local de la comuna donde se encuentre situado el establecimiento y corresponderá a las municipalidades su fiscalización, importante es destacar que todas las multas cursadas por estos incumplimientos son de beneficio municipal
Con esta ley nos hacemos cargo de las más de veintitrés mil toneladas de plásticos de un solo uso y no son reciclables y que, además, complementa la Ley REP de envases y embalajes, la que se comenzará a implementar en Chile en septiembre de 2023.
David Olivares
Seremi de Medio Ambiente