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Matrona se negó a dar Misotrol por ser objetora de conciencia y abren sumario

PROCESO. La afectada interpuso un recurso de protección porque considera que se ha vulnerado su derecho a la libertad de conciencia.
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Pamela Vásquez Fuentes

Una matrona interpuso un recurso de protección luego que en el Hospital Regional se abrió un sumario en su contra, ya que según la acción judicial, ejerció su derecho de ser objetora de conciencia y se negó a suministrar Misotrol con el objeto de terminar el embarazo de una paciente ingresada por la Ley de aborto tres causales, en este caso por violación.

Según el escrito, la matrona el 18 de septiembre se encontraba de turno en el área de ginecología del Hospital Regional de Copiapó, cuando recibió la indicación de suministrar el fármaco a una paciente hospitalizada para provocar el aborto en el marco de la normativa vigente. El medicamento debía ser suministrado en varias dosis, pero la profesional comunicó a la médica que se acogía a la objeción de conciencia.

Debido a que tanto ella como la otra matrona que estaba de turno eran objetoras de conciencia, un tercer profesional lo suministró y no se afectó el proceso de atención. Además, señala en el texto que asistió y educó a la paciente respecto a los efectos secundarios que eventualmente podría traer aparejado el procedimiento y hubo un examen físico para determinar las eventuales reacciones que pudiese tener.

Días después, la matrona supervisora le explicó al turno completo que "la objeción de conciencia no incluye a las matronas, refiere que el Misotrol es un medicamento y siendo un medicamento su aplicación corresponde a las matronas".

Luego de esto, hubo una reunión general con las matronas vía Zoom, donde se les volvió a señalar que la administración del medicamento es función exclusiva de la matrona. Además se informa que como política del Ministerio de Salud si la persona encargada de suministrar el fármaco se niega a hacerlo, incurre en causal de sumario debido a que se trataría de un incumplimiento de normas e instrucciones propias del Minsal, esto de acuerdo a lo que se relató en el recurso.

Ante esto hubo matronas que en la ocasión manifestaron no estar de acuerdo, diciendo que es una obligación del médico y no de ellas.

Tras esto, en los primeros días de octubre, el Servicio le informó de una anotación de demérito y respecto a la negación en la administración de Misotrol que realizarían un sumario administrativo para resolver el tema. La matrona entre los documentos que proporcionó en el recurso de protección fue el Formulario Único Declaración de Objeción de Conciencia Individual de fecha 2 de octubre de 2019, respecto de las 3 causales de Interrupción voluntaria del embarazo.

La matrona busca a través de esta acción judicial que se deje sin efecto la anotación de demérito y apertura de sumario administrativo.

Para ella, hay una actuación arbitraria del Servicio de Salud de Atacama, "al sancionarme con anotación de demérito e iniciar un sumario administrativo en mi contra, ha vulnerado las garantías de la igualdad ante la Ley, el derecho a no discriminación arbitraria y a la libertad de conciencia", de acuerdo al recurso.

Hospital regional

Desde el Hospital Regional se informó que "este establecimiento asistencial ha entregado atención clínica a todas las pacientes en base a la Norma Técnica Nacional de Acompañamiento y Atención a la Mujer que se encuentra en alguna de las Tres Causales de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, Ley 21.030".

Agregó que "en relación a la consulta por la objeción de conciencia de una funcionaria del establecimiento, la Dirección de este hospital no puede referirse, en virtud que aún se encuentra en curso un sumario administrativo, además que actualmente hay un proceso judicial en estudio".

En tanto, en el documento de respuesta por el requerimiento de información de la Corte de Apelaciones, el Hospital Regional entre sus argumentos, mencionó que "de conformidad al artículo 119 ter del Código Sanitario, pueden ser objetores de conciencia el médico cirujano requerido para interrumpir el embarazo por alguna de las causales descritas en el inciso primero del artículo 119 del Código Sanitario y el resto del personal al que corresponda desarrollar sus funciones al interior del pabellón quirúrgico durante la intervención".

Otro de los puntos que dan a conocer en el oficio es que la profesional el 11 de septiembre suministró dosis de Misotrol (Misoprostol) a una paciente sujeta a Ley de Interrupción Voluntaria del embarazo. "No es posible explicar la razón del porqué siete días después se acoge a la objeción de conciencia. (...) En el evento improbable de que fuera aplicable la objeción de conciencia a procedimientos medicamentosos, la profesional manifestó su objeción de conciencia en las tres causales contempladas en la ley", indicó el Servicio de Salud en el documento dirigido a la Corte de Apelaciones.

En tanto, esta dosis suministrada por la profesional el 11 de septiembre a una paciente no era la primera dosis de Misotrol, y según fuentes del recinto asistencial el procedimiento se debió a una causal distinta a la de violación.

Objeción de Conciencia

La objeción de conciencia es el rechazo a una práctica o deber que pugna con las más íntimas convicciones de la persona es, precisamente, una manifestación de la libertad de conciencia asegurada en la Constitución. También debe entenderse amparada por la dignidad de las personas que se niegan, "por razones éticas, morales, religiosas, profesionales, u otras de señalada relevancia" a realizar lo que manda la ley.

Intento de robo dejó trabajador herido a bala

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Carabineros investiga las circunstancias en que un trabajador de la empresa Cecinas PF, fue herido a bala.

Según fuentes policiales, el hecho ocurrió cerca de las 14.30 horas del viernes, cuando fue abordado por tres sujetos en calle Yumbel con Libertad, los que lo intimidaron con armas.

La víctima forcejeó con ellos y recibió una bala en el abdomen. Tras esto, los atacantes escaparon sin ninguna especie.

El afectado llegó a la empresa y luego de esto fue trasladado a la Achs, desde este último recinto lo derivaron a la Clínica Atacama para su atención médica y extraerle el proyectil. A pesar del impacto, la víctima sed encuentra fuera de riesgo vital.

Una persona fue detenida por microtráfico

COPIAPÓ. Además, se indaga el ocultamiento de las placas patentes del vehículo.
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Detectives de la Brigada Investigadora de Robos (BIRO) y de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado (Brianco) de la PDI de Atacama detuvieron a un sujeto por los delitos de tráfico de drogas en pequeñas cantidades y ocultamiento de placas patentes.

Mientras detectives realizaban diligencias propias de su especialidad, en el sector de Tierra Viva, se percataron que un vehículo marca Nissan, modelo Sentra, color rojo circulaba a gran velocidad y sin placas patentes visibles, por lo cual se realizó un seguimiento dándole alcance en Avenida Copayapu a la altura del Mall Plaza.

Una vez alcanzado, los oficiales policiales fiscalizaron al sujeto, percatándose que al interior del vehículo, específicamente en el cenicero, mantenía diversos billetes de distinta denominación, además de Cannabis Sativa dosificada, por lo que fue detenido por Microtráfico de Drogas.

Diligencias posteriores, coordinadas con el fiscal de turno, permitieron encontrar en el domicilio del imputado, Cannabis Sativa a granel y elementos para la dosificación de la droga.

El sujeto fue puesto esta mañana a disposición del Juzgado de Garantía de Copiapó para el control de detención correspondiente.