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CMP recicla más de 100 kg de ropa corporativa y la entrega a comunidades

OVILLOS DE TEXTIL. Diversas comunas y localidades son parte de programa.
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Compañía Minera del Pacífico (CMP) informó que en el marco de un programa de reciclaje textil en todas sus faenas, logró el reciclaje más de 100 kilogramos de ropa corporativa y las transformó en insumos para comunidades. Ya entregó ovillos de textil reciclado en las localidades de Cachiyuyo e Incahuasi en Atacama; y en las próximas semanas se hará en Romeral y Guayacán, siguiendo luego en los valles de Huasco y Copiapó. A través de esta iniciativa los trabajadores depositan su ropa corporativa -en desuso- en contenedores habilitados en todas las faenas, permitiendo dar una segunda vida a estos materiales.

En una segunda etapa del programa, CMP trabaja junto a la empresa Ecocitex para transformar los textiles reciclados en subproductos como ovillos de lana, estuches y llaveros. Estos artículos son entregados a distintas comunidades como insumos para fortalecer sus emprendimientos y actividades productivas. "Lo interesante es que la fabricación de los ovillos no utiliza agua ni productos químicos textiles, lo que lo convierte en un proceso 100% sustentable. Esto va en línea con nuestro propósito de impulsar el desarrollo sostenible del territorio y su gente. Ya realizamos entregas en las localidades de Cachiyuyo e Incahuasi en Atacama, y en las próximas semanas continuaremos en Romeral, Guayacán en Coquimbo", señaló desde CMP Javiera Farías, superintendente de Cumplimiento Ambiental Valle de Elqui.

Dejan sin efecto medidas intrusivas de imputados por diferentes delitos

CORTE SUPREMA. Se trata de una investigación abierta por asociación ilícita, tráfico de residuos peligrosos, malversación de caudales públicos y delito de lavado de activos en contra de las empresas Confinor S.A. y Soluciones Ecológicas Del Norte S.A en relación a denuncias cruzadas en Copiapó.
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Redacción

El Poder Judicial informó que la Corte Suprema acogió un recurso de amparo y dejó sin efecto la incautación de teléfonos celulares y otras medidas intrusivas decretadas en contra de imputados por asociación ilícita, tráfico de residuos peligrosos, malversación de caudales públicos y delito de lavado de activos en Copiapó.

En la sentencia la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, las ministras María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo y el abogado (i) Raúl Fuentes- consideró injustificada la decisión del Juzgado de Garantía de Copiapó que otorgó las medidas intrusivas.

"Es preciso determinar si la resolución judicial que autorizó la entrada, registro e incautación en el inmueble donde se encontraban los amparados trabajando, cumplió o no con las formas establecidas en la ley, al tenor de lo preceptuado en el artículo 5 inciso primero del Código Procesal Penal, en específico con el mandato de fundamentación descrito en el artículo 36 del citado cuerpo legal.

"En ese sentido, de la lectura de las resoluciones dictadas por el juez de garantía para efectos de otorgar la medida intrusiva, se aprecia que ellas hacen alusión a los antecedentes expuestos por el Ministerio Público en su solicitud, sin expresar cuales son y el tenor de ellos, ni tampoco hace referencia a los amparados", dice la resolución, comunicó el Poder Judicial.

El fallo indica que "sin perjuicio de lo expresado en el motivo que antecede el juez de garantía al informar el recurso de amparo expresó que libró la orden judicial impugnada atendido que la Fiscalía mantenía una investigación abierta por los delitos de asociación ilícita, tráfico de residuos peligrosos, malversación de caudales públicos y delito de lavado de activos en contra de las empresas Confinor S.A. y Soluciones Ecologicas Del Norte S.A en relación a denuncias cruzadas y querellas según las cuales ambas empresas gestionarían actividades medio ambientales, las que debieron contar con autorización por parte de la autoridad sanitaria respectiva".

En relación con la incautación de teléfonos celulares y demás equipos tecnológicos, solicitada en la misma presentación, ésta se concedió al ser fundamentada con los mismos antecedentes ya reseñados, con el agregado de que además el Ministerio Público se encontraba investigando aristas relacionadas con la eventual comisión de los delitos de fraude al fisco, cohecho y lavado de activos, por lo que, a juicio del juez informante, se justificaba la diligencia al ser útil para la indagación de información relativa a las empresas Soluciones Ecológicas Del Norte S.A y Confinor S.A, en relación a dichos ilícitos".

"Que de lo expuesto, es posible colegir que las medidas intrusivas autorizadas y que afectaron la libertad personal de los amparados, fueron consecuencia de una resolución dictada con prescindencia del deber de fundamentación, transformando en ilegal el dictamen judicial y, con ello, habilita a esta Corte Suprema para emitir pronunciamiento favorable en relación con la apelación interpuesta en beneficio de los amparados, por cuanto las resoluciones pronunciadas por el juez de garantía carecen de sustento fáctico y jurídico, pues solo se expresaron los antecedentes que justificaban las decisiones al momento de informar, no así en las resoluciones que autorizaban las diligencias", indica el fallo.

Agrega que "tampoco se explica por el Ministerio Público y la Policía de Investigaciones de Chile, la retención de los amparados en el inmueble mientras se llevaba a cabo de diligencia, salvo una alusión genérica a que era necesario para poder realizarla, sin que señalen una norma que habilite a efectuar esa privación transitoria de libertad, más si se considera que no se precisa que calidad tienen los recurrentes en la investigación, por lo que deberá investigarse tal circunstancia".

Revocó

Ante esto se revocó la sentencia apelada del 9 de mayo de este año, dictada por la Corte de Apelaciones de Copiapó y en su lugar "se declara que se acoge la acción de amparo deducida a favor (….) y, en consecuencia, se deja sin efecto las medidas intrusivas efectuadas respecto de los amparados, especialmente la incautación de sus teléfonos celulares, debiendo el Ministerio Público hacer entrega inmediata a los recurrentes de esos objetos que le fueron incautados, disponiendo que el Juzgado de Garantía de Copiapó fiscalice y arbitre las medidas que resulten atingentes para obtener el pronto cumplimiento de lo ordenado".

Realizan charla por proceso de eliminación de antecedentes penales

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Alrededor de 25 mujeres y hombres privados de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de Copiapó conocieron los alcances del Decreto de Ley N°409 que permite eliminar antecedentes penales a quienes cumplieron condena y los alcances del programa PAIS de apoyo para la integración social. La charla estuvo a cargo de Mónica Alvarado y Fabiola Recabarren, funcionarias del Centro de Apoyo para la Integración Social (CAIS) de Copiapó en coordinación con el área técnica local y regional de Gendarmería de Chile.


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