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amparadas y la vulneración de derechos fundamentales, al permanecer quince horas sin acceso a servicios higiénicos. "Que no es posible seguir invisibilizando temas que hasta no hace mucho parecían ser prohibidos de expresar en el ámbito público, como son las especiales necesidades sanitarias de la mujeres a quienes por exigencias impuestas por condicionantes biológicas propias del ciclo menstrual, las consecuencias de la privación de libertad impactan más rudamente que tratándose de los varones, lo que podría ser una afirmación tildada de exagerada, decayendo tal adjetivación si se tiene presente, tal como consta del informe de la recurrida, que el encierro -en la sección de condenadas- se prolonga desde las 17 horas hasta las 8 horas del día siguiente", establece el fallo.

La resolución añade: "En efecto, tratándose de la población penal masculina no se vislumbra que se encuentren en igualdad de condiciones respecto del acceso a los baños o aun cuando ello ocurriera, las diferencias biológicas entre mujeres y hombres respecto de la forma de llevar a cabo sus necesidades fisiológicas, las que deben materializarse en baldes o recipientes de plástico, sin privacidad a la vista de todas las habitantes de módulo de condenadas, no puede sino ser catalogado como de trato denigrante a la par que de discriminatorio, tratándose de las mujeres".

Según la resolución, "el respeto y preservación de los Derechos Humanos de todas las personas, incluidas aquellas que se encuentren privadas de libertad no puede ceder frente a argumentos tales como lo antigua y precaria de la infraestructura carcelaria, por cuanto día a día el Estado de Chile- Genchi, al adoptar una actitud pasiva y de desidia frente a las palmarias y reconocidas violaciones a la seguridad personal de las amparadas, está conculcando el derecho a un trato digno; a no ser sometidas a tratamientos inhumanos, crueles y degradantes, así como al derecho a no sufrir ninguna forma de discriminación y a una vida libre de todo tipo de violencia, particularmente la institucional, que le son reconocidos a las condenadas".

Para la corte copiapina, "(…) no puede constituirse en obstáculo lo sostenido por la recurrida abogando por el rechazo del recurso, en cuanto a haber realizado medidas paliativas -dentro de las posibilidades que están a su alcance- tales como la realización de fumigación; reparación del sistema de drenaje de aguas; reparación de los lavaderos de ropa y la futura -pero incierta- construcción de baños dentro de las dependencias de condenadas, por cuanto si se observa los documentos acompañados por el recurrente, estas medidas han resultado, además de reactivas al arbitrio interpuesto, insuficientes, por cuanto son meramente temporales y no constituyen una solución a lo que día tras día se está produciendo: que las condenadas realicen sus necesidades fisiológicas en baldes de plástico y sin privacidad".

Medidas

La Corte de Apelaciones acogió el recurso de amparo del INDH, a favor de las mujeres privadas de libertad, módulo de condenadas, del CCP de la ciudad de Copiapó y se dispusieron como medidas que "Gendarmería de Chile que deberá adoptar en forma urgente todas las medidas que sean necesarias para restablecer el imperio del Derecho y asegurar la tutela del derecho fundamental amagado, debiendo informar mensualmente a esta Corte, con copia al Instituto Nacional de Derechos Humanos, acerca de los avances en las condiciones materiales de habitabilidad de las amparadas, especialmente los problemas de infraestructura que impiden el digno acceso a servicios sanitarios durante el periodo de encierro".

Agrega que "se ordena oficiar al señor Secretario Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región de Atacama, a fin de que, si lo tiene a bien, se constituya en la unidad penal en su calidad de autoridad del servicio para que tome conocimiento y adopte las medidas urgentes y necesarias que sean pertinentes y se encomienda al juez o jueza de Garantía a quien le corresponda realizar la visita semanal al CCP de esta ciudad, que fiscalice especialmente la sección de mujeres condenadas en relación a los aspectos materia del presente recurso".

El Diario de Atacama solicitó la versión a Gendarmería respecto al recurso de protección y se informó que no se referirán al tema.

1 funcionaria estaría a cargo de las celdas en la noche, lo que hace más difícil que las reclusas puedan acudir al baño.

15 horas aproximadamente de encierro es el tiempo en que permanecen las reclusas y para sus necesidades biológicas cuentan con baldes en ese lapso.

GENDARMERÍA

Teletón hace especial llamado a sumarse a Voluntariado 2023

LABOR. Las postulaciones en línea estarán abiertas hasta el 15 de marzo.
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Teletón Copiapó llama a toda la comunidad para que se motive a formar parte este año del equipo de voluntarios y voluntarias permanentes de su centro de rehabilitación de la región.

Hay 65 cupos disponibles para personas que quieran sumarse al trabajo que realiza Teletón por la rehabilitación de niños, niñas y jóvenes en situación de discapacidad en Copiapó. Los postulantes que sean seleccionados serán capacitados para, entre otras tareas de apoyo, ejecutar trabajos y pequeñas intervenciones en domicilios de pacientes que mejoren significativamente las condiciones de accesibilidad. También, los voluntarios y voluntarias, acompañarán a pacientes y familias en actividades recreativas que les permitan disfrutar de tiempo libre y de ocio, así como también colaborar en múltiples actividades de promoción del trabajo de la institución, así como de su tradicional campaña anual de recaudación.

Para sumarse al equipo de Voluntariado Teletón y vivir esta gran experiencia solidaria hay que ingresar a www.teleton.cl donde está disponible un formulario de inscripción en línea. Allí se solicitan datos de contacto que se utilizarán para contactarlos e iniciar el proceso de selección con entrevistas grupales a partir de marzo.

En cada región existe un número necesario de voluntarios y voluntarias, el que se define según las características del Instituto Teletón regional. En el caso de Teletón Copiapó, la institución está realizando un especial llamado para impulsar las inscripciones locales y contar con un número suficiente de voluntarios y voluntarias que permitan atender, durante todo el presente año, las tareas de apoyo a los pacientes y familias que asisten a este centro regional.

Requisitos

Es muy importante que las personas interesadas conozcan los requisitos que la institución solicita antes de cursar la inscripción en el formulario. Estos son Tener 18 años cumplidos o más al momento de tu postulación (no hay límite de edad máxima), inscribirse en el formulario disponible en http://voluntariado-teleton.cl/ (esta es la única vía de postulación), disponer de un tiempo mínimo para realizar tu servicio, de a lo menos tres (3) horas continuas a la semana. Esto en horario de lunes a viernes de 9 a 18 horas, y/o sábados de 9 a 14 horas. Finalmente, elegir al Instituto Teletón de Copiapó para realizar el servicio de voluntariado.