Corte de Apelaciones rechazó recurso de nulidad de fiscal
POLICIAL. Roberto Robledo fue condenado por el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar.
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia del Tribunal Oral que condenó a Roberto Robledo Burrows, quien es fiscal en Vallenar, como autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar.
El 14 de julio en un juicio Oral desarrollado en esa comuna, se condenó a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio como autor de un delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar.
El hecho lo cometió en contra de quien era su pareja el 3 de diciembre de 2016, en la comuna de Coquimbo.
Ese día tomó fuertemente de los antebrazos y zamarreó a su ex-conviviente y madre de un hijo en común.
Hechos
La sentencia fue sustituida por la libertad vigilada intensiva. Junto a esto se le impuso la pena de prohibición de acercamiento a la víctima por un año.
Además, se le ordenó además cumplir, durante el período de control, con el plan de intervención individual y se le impuso el pago de las costas de la causa.
Ante esto, la defensa del condenado interpuso un recurso de nulidad y se basó en cuestionar la terminología empleada respecto de las lesiones provocadas, ya que el tribunal estableció la "existencia de lesiones menos graves, las que consisten en hematomas, que se causaron mediante las acciones de "tomar" y "zamarrear", lo que constituye un error judicial".
Agrega que para la defensa éstos no son términos que se encuentren dentro de los verbos rectores descritos en el artículo 399 del Código Penal ni tampoco en el 397 del mismo cuerpo de leyes, que contemplan solo los de herir, golpear y maltratar".
Según esta argumentación, no todos los maltratos constituyen lesiones menos graves.
Finalmente, la Corte de Apelaciones de La Serena desestimó los argumentos la petición de la defensa y con esto se confirmó la sentencia que lo condenó la que aún no está ejecutoriada.