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Conadi cesa personalidad jurídica a la Comunidad Indígena Wara

POLÉMICA. Otras comunidades colla, como la comunal de Diego de Almagro y "Runa Urka" manifestaron su conformidad respecto de la resolución adoptada por la Corporación Nacional de Desarrollo Indigena (Conadi), pues acusan a "Wara" de usurpar y lucrar con los derechos de agua en territorio indígena. La comunidad emplazada y su abogado no respondieron a los llamados.
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Vanessa Carrasco

Una compleja situación tiene enfrentadas a varias Comunidades Indígenas Collas en contra de una comunidad que recientemente se constituyó en la región de Atacama y que no es reconocida por las demás comunidades, a la cual la Conadi además le cesó su personalidad jurídica tras varios requerimientos de las comunidades de la región, quedando manos de la Contraloría definir si el proceso administrativo cumplió con todos los requerimientos legales.

Se trata de la Comunidad Indígena Ancestral Wara, que ha protagonizado diversas acciones y requerimientos ante el Primer Tribunal Ambiental desde mayo del año en curso, cuyo presidente Wilfredo Cerda no es reconocido como colla por los habitantes de las otras comunidades de la región. Dicha comunidad tiene como representante legal a Lautaro Loncon Antileo, abogado que ha protagonizado reclamaciones en contra del Servicio de Evaluación Ambiental y el Primer Tribunal Ambiental.

En una primera reclamación ante el Primer Tribunal Ambiental en contra del Servicio de Evaluación Ambiental, el abogado de la Comunidad Indígena Ancestral Wara, Lautaro Loncon, presentó la reclamación por la aprobación del proyecto de sondajes de Fénix Gold en la comuna de Copiapó.

Dicha reclamación de la comunidad estuvo en que la empresa presentó una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y no una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). Entre los alegatos de esta instancia ocurrida en el mes de mayo en el Primer Tribunal Ambiental, se presentó que dicha comunidad se caracterizaba por practicar la trashumancia minera por lo que el proyecto minero al desconocer deliberadamente, según Loncon, la preexistencia de la comunidad ancestral dañaba y causaba impacto significativo en lugares donde la comunidad recogía piedras de cuarzo hierbas medicinales.

En la instancia, el abogado del SEA, Raúl Herrera, señaló además que la comunidad se constituyó en el año 2021 y que, además, había quedado establecido en la evaluación del proyecto que dicha comunidad no se encontraba en la zona puesto que la comunidad Colla más cercana al proyecto se ubicaba a 34 kilómetros de distancia, por lo que estos alegatos quedaron en revisión del Tribunal, que con el fin de recabar mayores antecedentes dejó en estudio la reclamación de la comunidad Wara.

Lo señalado por el Primer Tribunal Ambiental, respecto al Proyecto es que Fénix Gold es un proyecto minero de oro que proyecta explotar el mineral a rajo abierto. Situado en el Cerro Maricunga a unos 160 kilómetros al noreste de Copiapó, en el momento de esta reclamación en mayo, se hallaba en etapa de determinación de factibilidad técnica y económica. Lo presentado a evaluación ambiental fue la ejecución de 249 sondajes de prospección minera de aire reverso y 27 de tipo diamantina, en dos campañas de dos meses de duración cada una.

Un segundo proyecto en el que ha intervenido mediante reclamaciones la Comunidad Indígena Wara es en los Proyectos Solares Fotovoltáicos Diego de Almagro Sur I y II de la empresa Colbún, a 27 kilómetros al sur de Diego de Almagro.

En este caso, al igual que en el primero, el Primer Tribunal Ambiental dejó en estudio la reclamación de la Comunidad Wara, presentada abogado Lautaro Loncon, que se basó en que la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto transgredía, según él, a la comunidad basando su argumento al igual que en la reclamación anterior en que "transgrede las disposiciones que rigen el procedimiento administrativo de evaluación ambiental y los derechos de los pueblos indígenas reconocidos y garantizados en el Convenio 169 de la OIT".

Según Loncon, la comunidad es parte del pueblo Colla y tiene presencia en la zona de influencia del proyecto, situación que al igual que en el caso contra Fénix Gold, no fue reconocida por el SEA, aun cuando Loncón intentó sostener que "es un error cuando la autoridad administrativa argumenta que cuando una comunidad indígena no tiene personalidad jurídica entonces no existe para la vida del derecho".

También en esta oportunidad, el SEA estimó que, de acuerdo con sus estudios, la comunidad Colla más próxima al proyecto estaba ubicada a unos 45 kilómetros y no afectaba la vida cotidiana de las comunidades, ni menos aplicaba una consulta indígena.

Abogado wallmapu

Lautaro Loncon, el abogado de la cuestionada comunidad Wara, es hermano de la ex presidenta de la convención constitucional, Elisa Loncón y aun cuando no pudimos establecer contacto ni con él ni con el presidente de la comunidad Wara Wilfredo Cerda, a través de sus redes sociales plantea ser activista por el Wallmapu y se reconoce como parte de la comunidad mapuche.

Esta situación es parte de lo que genera la sensación de usurpación cultural, además de la grave situación de la denuncia de lucro con los derechos de agua, que actualmente tiene sin este recurso a gran parte de las comunidades collas de la región.

Resolución conadi

Respecto de esta Comunidad Indígena, de la cual sólo se manejan dos nombres a nivel público, siendo éstos los de Wilfredo Cerda, como líder de la comunidad y el de Lautaro Loncón, abogado y representante legal; las otras comunidades de la etnia indígena Colla existentes en la región de Atacama niegan conocer por que lo que públicamente han realizado diversos llamados a través de redes sociales, a detener la usurpación de la tradición Colla, acudiendo a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, la que mediante una resolución determinó cesar la identidad jurídica de esta comunidad.

La resolución señala que en mayo del presente año se ingresó una solicitud en la Oficina Regional de esta repartición, ubicada en Copiapó, con el objeto de solicitar el otorgamiento de personalidad jurídica a la Comunidad Indígena Ancestral Wara de la Quebrada de Chañaral Alto y sus Quebradas, en virtud de la aplicación de silencio administrativo.

Esto quiere decir que, Loncón usa un mecanismo que protege a los ciudadanos frente a los incumplimientos de la Administración Pública en sus procedimientos, tratándose de una forma de terminar un pro-