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Corte rechaza recurso de amparo y Hugo Pastén deberá comparecer por vía remota a juicio oral

INVESTIGACIÓN. La defensa había solicitado que su representado fuera trasladado desde el penal de La Serena a Copiapó para la audiencia, lo que fue denegado. El próximo lunes 23 de mayo parte el juicio.
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Redacción

La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de amparo interpuesto por la defensa de Hugo Paolo Pastén Espinoza, acusado por el Ministerio Público como autor de los delitos de homicidio calificado, incendio, robo de vehículo, secuestro con homicidio y sustracción de menor con homicidio, entre otros, en contra de Gendarmería y del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad, que desestimó solicitud de comparecencia en forma presencial al juicio oral en su contra, cuyo inicio está programado para el próximo lunes 23 de mayo.

Fallo

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por el ministro Rodrigo Cid Mora, el fiscal judicial Carlos Meneses Coloma y el abogado (i) James Richards Garay- desestimó la acción constitucional de amparo deducida, tras constatar que la comparecencia del imputado a través de medios telemáticos desde el Complejo Penitenciario de Huachalalume de La Serena, no constituye una perturbación o amenaza a la libertad personal o seguridad individual del recurrente.

"Que, a mayor abundamiento, no es posible obviar que la acción de amparo no es ejercicio abstracto, sino concreto, sin que ni en su escrito de postulación, ni en los alegatos ante esta Corte, la parte que recurre de amparo, haya podido señalar siquiera, mucho menos acreditar, la amenaza o vulneración de la libertad o seguridad individual del acusado, por la mera circunstancia de no ser trasladado a la audiencia de juicio oral, que impliquen afectación a su libertad personal, cuestiones por las cuales en definitiva no resulta posible estimar que exista en este caso alguna privación, perturbación o amenaza a la libertad personal o seguridad individual, de carácter arbitraria o ilegal, conforme lo exige al artículo 21 de la Constitución Política de la República, razón por la cual la presente acción de amparo deberá ser desestimada, como se expresará", sostiene el fallo.

La resolución agrega: "Que lo anterior, es sin perjuicio de la obligación de las recurridas, Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Copiapó y Gendarmería de Chile, dentro del ámbito de sus atribuciones, de velar por la comunicación entre el imputado y la defensa; y porque dicha comunicación sea oportuna, continua y con la debida anticipación al juicio".

Asimismo, la corte copiapina dispuso que: "(…) deberá considerarse, en caso de que lo anterior no se cumpla, la posibilidad de que, a petición de la defensa, el imputado sea trasladado a un tribunal con competencia penal de la ciudad de La Serena con la finalidad de que comparezca al juicio o se comunique con su defensa".

Recurso

En relación al recurso de amparo que se había interpuesto, el documento presentado por la defensa argumentaba que "no basta con que el Tribunal Oral en lo Penal de Copiapó, oficie a Gendarmería para que se facilite el acceso del defensor al CPP de La Serena si este penal se encuentra a no menos de 400 kilómetros de nuestra ciudad, lo que a los mejor pudo ser tolerable durante la investigación, pero hoy en etapa de juicio resulta carente de toda razonabilidad".

Además, se agregó que la comunicación entre el defensor y su representado no ha sido fluida "por la distancia que existe entre el CPP de La Serena y Copiapó, la conexión por video conferencia siempre ha sido de mala calidad considerando que el CPP de La Serena se encuentra ubicado en la localidad rural de Huachalalume y nunca la conexión ha contado con la privacidad requerida para garantizar una adecuada entrevista".

Sin embargo, pese a lo argumentado por la defensa la Corte de Apelaciones decidió rechazar el recurso de amparo presentado por la defensa.

"No resulta posible estimar que exista en este caso alguna privación, perturbación o amenaza a la libertad personal o seguridad individual, de carácter arbitraria o ilegal, conforme lo exige al artículo 21 de la Constitución Política de la República, razón por la cual la presente acción de amparo deberá ser desestimada"

Señala el fallo

Informan corte programado para hoy en los sectores altos de Copiapó

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Hoy a partir de las 15:00 hrs. se realizará un corte programado de agua potable en los sectores altos de la ciudad de Copiapó y que tienen por objetivo conectar nuevas tuberías, que permitirán una baja en las discontinuidades de servicio.

Este es el segundo corte, de una serie de tres, que se realizarán en las poblaciones aledañas a av. Circunvalación, entre Eleuterio Ramírez a Felipe Mercado, donde se cuenta los sectores; Colina, Juan Pablo II, Villa Arauco, Litorales, Balmaceda Norte, Arturo Prat, Pampa Germania, Villa Los Salares, Pedro León Gallo, Escritores de Chile, Ampliación Prat y El Tambo.

Carmen Gloria Vega, jefa de Comunicaciones y Comunidades de Nueva Atacama, explicó que el corte programado comenzará a la 15:00 hrs y se prolongará hasta las 04:00 am, razón por la cual se instalarán suministros alternativos para que los clientes, que así lo requieran, puedan abastecerse mientras se desarrollan los trabajos de conexión de estas nuevas tuberías.

"Estamos tomando todas las medidas necesarias para que podamos restituir el suministro lo más pronto posible. Estos trabajos son muy importantes, porque vienen a entregar una solución definitiva a afectaciones que hemos tenido en el pasado y esto demuestra el compromiso que tenemos como empresa para nuestros clientes" señaló Vega.

Desde la empresa sanitaria explican que se dispondrán de 21 puntos de distribución de agua potable.