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Camila Morales Sepúlveda, tiene 32 años y es abogada de profesión y también tiene pensado cambiar su apellido. Sin embargo, su argumento es porque le gustaría mantener la descendencia de su madre. "De manera personal, yo lo encuentro súper novedoso y yo creo que a muchas personas nos es sumamente atractivo, generalmente por una determinación del legislador el orden de los apellidos siempre es el paterno y luego el materno, generalmente el apellido materno o la descendencia materna se va perdiendo", comentó.
Es por esto que, continuó mencionado " yo estoy muy orgullosa de mi descendencia materna y yo creo que uno evalúa las posibilidades, pero sí sería algo súper interesante de poder tener la posibilidad, me parece algo muy novedoso, me gustaría".
Así también, la abogada explicó sobre el trámite, donde comenzó contando que es una modificación al Código Civil y que establece ciertas posibilidades, una de ellas es consensuar el apellido de los hijos entre ambos padres. "Jurídicamente el nombre es un atributo, todos tenemos derecho a un nombre y en este sentido, establece que el nombre patronímico, que es el apellido, pueda determinarse el orden, entonces ambos progenitores pueden consensuar el orden del apellido, ya sea materno o paterno".
Además, comentó que otra arista interesante de esta normativa es que si no hay acuerdo, "tampoco se da por hecho de que va a ser primero el del padre que el de la madre, si no que se hace un sorteo con el oficial del Registro Civil y se establece cuál va a ser el orden".
Esta normativa también establece la posibilidad, que busca Priscila y Camila, de modificar el orden de los apellido a las personas mayores de 18 años.
"Esta ley es bien respetuosa porque entrega la posibilidad de que, si la persona tiene descendencia y estos tienen entre 14 y 18 años, se cuente con la voluntad de este adolescente que está en este rango de edad de modificar el orden que realizaron sus padres que han cambiado el orden de sus apellidos", expresó Camila.
La abogada además mencionó que el trámite para realizarlo es más sencillo de lo que se cree.
Además de eso, la persona puede solicitar que se oficien otras entidades. "Las personas que tienen título universitario o que tienen propiedades con el nombre determinado, modificarlo podría tener complicaciones al momento de transcribir o transigirse las propiedades". Pero aun así esta ley supone que una vez realizada la modificación "se oficien a varias instituciones, entidades públicas o privadas", finalizó Morales.
Sernameg
Por otro lado, Camila Tapia, directora del Sernameg, aprobó esta nueva normativa. "Me parece justo que podamos de común acuerdo decidir cuál apellido tendrán primero nuestros hijos e hijas, si es el de la madre o el padre. Aporta al cambio cultural y la igualdad de género que estamos impulsando y buscando en nuestra sociedad".
Además, continuó mencionando, que visibiliza el rol primordial que cumplen las mujeres, madres, dentro de las familias.
Registro Civl
Por otro lado, se le consultó al Registro Civil respecto a los antecedentes que tienen en lo que lleva de vigencia esta nueva Ley.
Sin embargo, no entregaron antecedentes.
11 de enero comenzó a regir esta nueva modificación de Ley.