Corte de Copiapó dictó orden de no innovar y suspende licitación del litio
PROCESO. El Ministerio de Minería deberá evacuar un informe respecto a la licitación en un plazo de 10 días.
La Corte de Apelaciones de Copiapó dictó ayer orden de no innovar y ordenó la inmediata suspensión del proceso de selección y adjudicación de los oferentes de la licitación pública nacional e internacional para la exploración y exploración de yacimientos de litio.
El 10 de enero, el gobernador Miguel Vargas presentó un recurso de protección en contra del ministro de Minería Juan Carlos Jobet y en contra del subsecretario de Minería y presidente del comité especial de licitación Edgar Blanco "a objeto de que se suspendan los efectos que produzca el 'Acta de apertura de las ofertas económicas de la licitación pública nacional e internacional para suscripción de un contrato especial de operación para la exploración, explotación y beneficio de yacimientos de litio', de fecha 30 de diciembre de 2021", y todos los actos que sean consecuencia directa de él, y aquellos que han sido la causa del mismo", señaló el recurso.
Según la acción judicial, se estarían vulnerando los derechos por acción u omisión, que comprendería el sector de la Cordillera de los Andes, en donde se ubican los salares de Corbea, Salar de Agua Amarga, Salar de la Isla, Salar de Aguilar,Salar Grande, Salar de las Parinas, Salar de Infieles, Salar de Piedra Parada,Salar Laguna Santa Rosa, de Salar de Maricunga y Salar de Pedernales, todos ellos ubicados en la Región de Atacama.
Además, según el recurso interpuesto por el gobernador regional, "la licitación no se hace mención de la ubicación geográfica de los yacimientos, por tanto como Gobierno Regional de Atacama debemos ponernos en el escenario de que dicha licitación puede implicar la explotación de nuestros salares Maricunga y Pedernales".
En fallos unánimes (causas roles 9-2022 y 10-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la solicitud del gobernador regional de Atacama Miguel Vargas, y de comunidades indígenas, respectivamente, y dio un plazo de 10 días para que la parte recurrida evacue un informe sobre la materia. "Téngase por interpuesto recurso de protección. Pídase informe a los recurridos (ministro de Minería y subsecretario de Minería), el que deberá evacuarse dentro del décimo día, debiendo acompañar todos los antecedentes que obren en su poder", ordenó la corte copiapina.
"Ofíciese a efectos de notificar a la recurrida por la vía más expedita de la interposición del presente recurso y la concesión de orden de no innovar, adjuntando copia del recurso y de la presente resolución", añadió.
La ministra de la corte copiapina, Marcela Araya Novoa, quien presidió la sala que revisó la admisibilidad de las acciones judiciales, explicó que ante un examen preliminar de los antecedentes que no es vinculante ante la decisión de fondo -que se adoptará una vez evacuados los informes por las recurridas- y contando la corte con los antecedentes necesarios para un acabado conocimiento de los asuntos, se acogió a tramitación estas acciones.
Igualmente con carácter provisional, se accedió a las órdenes de no innovar solicitadas, a fin de que mientras se tramitan los recursos, se proceda a la paralización de los procedimientos de licitación y adjudicación.
La ministra Araya recordó que estas órdenes dejarán de tener vigencia al momento de resolverse el fondo de lo debatido, conforme a lo que disponga la sentencia ejecutoriada que se dicte en la causa.
Ministerio de minería
Desde el Ministerio de Minería se informó que "ha sido notificado de la Orden de No Innovar decretada por la Corte de Apelaciones de Copiapó ante un recurso de protección presentado por la Gobernación Regional de Atacama en contra del proceso de licitación nacional e internacional para aumentar la producción de litio".
En el comunicado se indicó que "respetamos las resoluciones del Poder Judicial. Sin perjuicio de ello, nos encontramos analizando los antecedentes y responderemos conforme a las herramientas y plazos que nos entrega la ley. Cabe precisar que la orden de no innovar no significa la cancelación definitiva de la licitación en curso. Solo implica que esta se suspende temporalmente mientras se resuelve el presente recurso".
Finalmente, el Ministerio de Minería reiteró que "la licitación nacional e internacional para aumentar la producción de litio ha sido un proceso abierto, informado, transparente y que ha cumplido con toda la legalidad vigente".