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"Para que la educación fluya para lograr nuestros objetivos, lo primero que tiene que estar es el bienestar de los niños, niñas y adolescentes y en ese sentido creemos que es un tremendo avance este circular"
Carlos Rodríguez, Presidente Colegio de Profesores
de género en los instrumentos públicos y privados que lo identifiquen. Lo mismo respecto de imágenes, fotografías, soportes digitales, datos informáticos o cualquier otro instrumento en que figure su identidad", señala la resolución.
Para hacer respetar sus derechos los/as NNA mayores de 14 años podrán actuar de manera autónoma a sus apoderados y "solicitar al establecimiento educacional una entrevista para requerir el reconocimiento de su identidad de género, medidas de apoyo y adecuaciones pertinentes a la etapa por la cual transita".
Del mismo modo se establece que los/as NNA trans deben ser tratados/as verbalmente por su nombre social "siempre y sin excepción", así como utilizar uniforme y baños acordes a su género.
Si bien en el libro de clases, en el certificado anual de notas y en la licencia de educación media estará el nombre legal, se puede añadir el nombre social.
"Los establecimientos educacionales podrán agregar en el libro de clases el nombre social del niño, niña o adolescente, para facilitar su integración y su uso cotidiano, sin que este hecho constituya infracción a las disposiciones que regulan esta materia. Asimismo se podrá usar el nombre social en todo tipo de documentación afín, tales como informes de personalidad, comunicaciones al apoderado, informes de especialista de la institución, diplomas, listados públicos, entre otros", finaliza la resolución.
Las circular sobre derechos de niños, niños y adolescentes (NNA) trans surgió en 2017 en el marco del cumplimiento de un Acuerdo de Solución Amistosa que el Estado de Chile y el Movilh firmaron ante la Comisión Interamericana de DDHH (CIDH)
Colegio de Profesores
Por su parte, Carlos Rodríguez, presidente regional del Colegio de Profesoras y Profesores, comentó respecto a la circular que "con respecto a garantizar a niños, niñas y adolescentes en el ámbito educacional, la identidad de género nos parece un tremendo avance en esta resolución exenta de la 812, que indica quién es el órgano en primer lugar que supervisa y ve esto dentro de los establecimientos educacionales que es la superintendencia, a dónde hay que recurrir y quién tiene que velar por esto a la norma y específicamente a la circular es la superintendencia".
Rodríguez continuó mencionando que la circular es bastante completa y que es un gran avance en la integración y la inclusión.
"En el sentido que en el principio tiene que ver con la dignidad del ser humano, los intereses superiores de los niños, niñas y adolescentes y eso lo ordena muy claramente y también por otra parte fija las obligaciones de los sostenedores y directivos de los establecimientos, entonces esto es un tremendo avance con respecto a la integración, a la igualdad y a la inclusión y por supuesto el bienestar y la dignidad de nuestros estudiantes".
Finalmente, recalcó que "para que la educación fluya para lograr nuestros objetivos, lo primero que tiene que estar es el bienestar de los niños, niñas y adolescentes y en ese sentido creemos que es un tremendo avance este circular y lo deja muy explícito".
14 años o más es la edad que deberán tener para optar de forma autónoma frente a su identidad de género en los establecimientos.