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Seremi de Salud confirmó 61 casos nuevos de covid-19 en Atacama: 31 corresponden a Copiapó

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Durante el balance del Ministerio de Salud sobre la situación de la pandemia a nivel país, la autoridad sanitaria ayer confirmó 61 casos nuevos de coronavirus en la Región de Atacama.

De estos, 31 corresponden a la capital regional, 22 a la comuna de Vallenar y tres a la comuna de Caldera.

Adicional a ello, dos corresponden a la comuna de Chañaral, dos a Huasco y uno a la comuna de Diego de Almagro.

Con esta confirmación, la Región de Atacama cuenta con un total de 462 casos activos de covid-19, mientras que los fallecimientos a la fecha son de 371.

En total, Atacama actualmente registra 29.841 casos positivos acumulados de coronavirus. La red de laboratorios de Atacama procesó los examenes realizados para su posterior confirmación.

De este modo, la seremi de Salud mantiene la constante vigilancia y seguimiento de los 61 nuevos casos reportados.

Cabe señalar que estas cifras presentan un desfase debido a que el proceso de validación a nivel nacional del Ministerio de Salud.

Adicionalmente, cabe destacar que la positividad alcanzó el 2,0%, y actualmente son 3 los pacientes hospitalizados en las camas UCI de la región.

Servel explica que recién tras balotaje se podrá cambiar domicilio

ELECTORAL. Directora regional dijo que la Ley 18.700 lo establece, por ende el 1 de enero se habilitará sistema online.
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Valeria Rubio

A dos semanas de la segunda vuelta presidencial, el Servicio Electoral (Servel) informó las fechas relevantes que restan de este periodo electoral. Además, en conversación con la directora del Servel en Atacama explicó por qué los electores no pueden realizar un cambio de domicilio electoral antes de la segunda vuelta, sin embargo, dijo que el 3 de enero estará habilitada la oficina de Dirección Regional de Copiapó para aquello, así como los Chile Atiende del país.

En conversación con atacameños, algunos comentaron que no podrán sufragar el 19 de diciembre debido a que no se encuentran en la comuna o región donde están registrados con su domicilio electoral. Respecto a esto, la directora dijo que la Ley que regula las elecciones impide esto, debido que el proceso eleccionario de la primera vuelta concluye con el balotaje.

Directora regional

Respecto al cambio de domicilio electoral, la directora regional de Servel, María Isabel Barón explicó que su plazo acabó previo a las elecciones generales.

"Una vez que se termina el periodo de cambio de domicilio se empiezan a elaborar los padrones electorales, por lo tanto el padrón electoral que se ocupó el mes pasado es el mismo padrón electoral que se utiliza para la segunda vuelta, porque no hay tiempo, de acuerdo a la Ley para reabrir un periodo de inscripción electoral". Proceso que está estipulado en la Ley 18.700 del Servicio Electoral, donde se establecen los periodos, la publicación del padrón definitivo, etc.

Por tanto, una vez que este padrón queda definido, no es posible un cambio de domicilio. Barón dijo que "por eso se insiste si la persona vive en otra región, ciudad, comuna, es el momento de hacer el cambio de domicilio".

Para aquello, enfatizó que a lo largo de todo el país se realizó la difusión pertinente en medios de comunicación de las fechas claves. Instancias en las que también, "se les explicaba cuál era la consecuencia en caso de no haber hecho el cambio de domicilio dentro de los periodos que establecía la Ley".

En la línea de lo anterior, advirtió que no solo la persona no podrá votar al encontrarse lejos de su domicilio eletoral, también existe la alternativa de que "donde esté inscrito lo designen como vocal de mesa receptora o miembro del colegio escrutador (...) ahí es cuando ellos deben presentar las excusas y hacerlo ante la Junta Electoral donde lo designaron y eso es muy frecuente y la gente no entiende".

Por tanto, cuando termine el proceso electoral con la segunda vuelta se reabrirá el periodo para hacer los cambios de domicilio, el 1 de enero de forma online y el 3 de enero presencial.

Testimonios

Dentro de los afectados por no poder realizar el cambio de domicilio está Angel Vergara, quien mencionó que "yo quiero cambiarme porque me mudé a Vallenar no hace mucho. Me compré una parcela, entonces antes vivía en Antofagasta", aseguró, quien junto a su pareja no podrán votar en esta segunda vuelta. "No voté en la primera vuelta por lo mismo", mencionó, por tanto espera realizar un cambio de domicilio lo más pronto posible en enero cuando esté disponible el plazo para así poder sufragar en el Plebiscito de Salida.

Otro atacameño comentó que "yo me cambiaría de domicilio porque soy de Calama pero vivo en Vallenar. Llegaré a Vallenar la otra semana, aparte es muy lejos y a puro votar no viajaría", dijo.

Del mismo modo, concordó otro de los afectados, quien dijo que "debería ser más informado, uno no sabe mucho del tema". Comentó que no podrá votar en el balotaje porque "trabajo en Vallenar, pero mi domicilio y lugar de nacimiento es Talca y nunca he cambiado el tema del domicilio".

Expresó que la nueva fecha de enero no les serviría dado que "ya estaría elegido el presidente". Sin embargo, espera poder realizar el cambio el 2022.

Vocales de mesa

Otra situación que trae consigo la segunda vuelta es la imposibilidad de los vocales de mesa de excusarse, dado que si fueron vocales en las elecciones generales deberán volver a ejercer esta labor, dijo la directora regional del Servel.

"En el caso que ningún candidato presidencial saque la mayoría más uno que exige la Ley para ser electo, hay una segunda vuelta que tiene que hacerse dentro de las tres semanas siguientes una vez efectuada la primera elección. Por lo tanto, al ser la segunda parte de la primera, porque no quedó definida, son los mismos locales de votación, son las mismas personas vocales de mesa y se repite todo el ejercicio (...) no pueden haber cambios porque ellos ya cumplieron la función, constituyeron la mesa el día de la elección".

Sin embargo, aquellos vocales que necesiten excusarse, deberán realizarlo el mismo 19 de diciembre ante el delegado del local de votación, con el respectivo certificado o documento que acredite que se encuentra inhabilitado para ejercer su cargo. O bien, deberán esperar la citación del Juzgado de Policía Local, "y ante ese juzgado deberá acreditar el motivo que le impidió asistir a cumplir con la obligación de vocal y el tribunal del juzgado regula la aplicación de la multa", cerró Barón.

"No pueden haber cambios ni tampoco de locales ni de vocales, porque ellos ya cumplieron la función en las elecciones generales"

María Isabel Barón,, Directora regional del Servel