Descubrimiento mercantil
Los tiempos han cambiado desde aquellos donde en las escuelas se denominaba con respeto el Día de la Raza, el 12 de octubre, proliferando los diarios murales con un Cristóbal Colón( Génova 1451-1506), rodilla en la arena, saludando al Nuevo Mundo con un pendón del reinado de España en una de sus manos. Se supone que esa imagen era en 1492.
Pero lo que Cristóbal Colón buscaba no era descubrir tierras lejanas. El estaba detrás del tesoro de los Caballeros Templarios, perseguidos por la Iglesia por lo que debieron huir y ocultar sus riquezas, se supone también, aún no ubicadas.
En eso se desplazaban las carabelas de Colón manteniendo en sus velas la cruz de los Templarios para que aquellos que estaban en tierra discurrieran que los navegantes eran de la Orden. Es decir, un engaño.
El 12 de octubre de 1492 los españoles buscadores de riquezas en nombre de los reyes de España, avistaron una isla que se llamaba Guanahaní y que ellos rebautizaron como Santo Domingo, centroamérica.
No encontraron el tesoro de los Templarios, pero se hicieron del oro de los pueblos originarios a sangre y fuego, además de sus tierras.
El despojo fue enorme, no narrado por la historia oficial ni en las escuelas, con lo que ya estaba la censura, la que no debe extrañarnos que prosiga hasta ahora con lo que lo de los "paraísos comerciales", no es nuevo.
Las huestes del español Diego de Almagro invadieron nuestras tierras por el Paso de Pircas Negras ingresando violentamente y cubriendo de sangre la verde naturaleza del Valle de San Francisco de la Selva del denominado Copayapu, Copiapó, por los diaguitas, descendientes de los incas.
Los diaguitas fueron eliminados prosiguiendo hacia el sur "los indómitos y esbeltos conquistadores", llegando hasta el río Bío-Bío, donde los araucanos férreamente no les permitieron su desplazamiento.
"La resistencia araucana fue de tal envergadura que la corona de España reconoce como única zona independiente a la Araucanía. Hasta Temuco llegaban los límites fijados por los nuevos dueños de esta tierra que denominaron Capitanía" ("Copiapó, Crónicas de Fin de Siglo", Osman Cortés Argandoña. Editorial Free Lancer, abril 2009. Chañaral. Página 125).
Con la independencia, siglo XIX, los otros nuevos dueños de Chile, la oligarquía criolla, sí pudieron invadir el País de la Araucanía, con el ejército conducido por el general Manuel Baquedano, asesinando al pueblo originario y apoderándose de sus tierras, dando origen a ese eufemismo histórico, "Conflicto de la Araucanía", como se denomina hasta ahora.
Ese es el origen y consecuencias de la llegada de los españoles a estas tierras que la comunidad consciente, en los últimos 50 años, ha intentado entender y resolver, asumiendo además, la gran insolvencia de la historia oficial que ha planteado otra interpretación de los sucesos que oculten que todo comenzó por la búsqueda de un botín, pasando por la exterminación de nuestros pueblos y la mantención de un poder opresor.
¿Será posible que en Copiapó, una avenida lleve por nombre Diego de Almagro y otra arteria la de Pedro de Valdivia, los primeros grandes genocidas del pueblo de Chile?
Osman Cortés Argandoña
Un 1 en economía
Tras ver el desarrollo del debate, y en particular la sección de economía, quedó muy claro, se notó que el tema de las cifras económicas, a los candidatos a la presidencia, les incomoda en extremo, números más, números menos, ninguno pudo enhebrar con seguridad, con conocimiento y principalmente demostrando, que aparte de decirlo, lo entendía, de cuánto costaba su presupuesto para cumplir su eventual programa de gobierno, y menos de la forma como lo pretendía financiar, solo conceptos generales, pero nada consistente, en la forma y en el fondo...
Luis Soler
Plebiscito dirimente
El pleno de la Convención Constitucional aprobó la posibilidad de realizar un plebiscito dirimente distinto y anterior al plebiscito de salida que está considerado en la Carta Fundamental.
En el artículo 51 del texto aprobado quedó explícito que "Para la convocatoria a plebiscito deberán llevarse a cabo las reformas a los cuerpos normativos pertinentes. La Convención requerirá a las instituciones públicas, organismos y a los poderes del Estado pertinentes para que el plebiscito se realice en conformidad a lo establecido en este reglamento".
Con ello la Convención Constitucional reconoció que no es ni soberana ni un poder constituyente originario.
Adolfo Paúl Latorre