Operación Renta
Para las empresas, ya partió la Operación Renta. Y para determinar los impuestos a pagar, tan importantes son los ingresos como los gastos del contribuyente. Mientras mayores son los desembolsos que pueda hacer valer, menor será la renta líquida obtenida y menor el impuesto a pagar.
Por décadas la ley estableció que los gastos deducibles eran, simplemente, los "necesarios" para producir la renta. Y aunque la ley no lo establecía, el SII agregaba que ellos eran los "desembolsos de carácter inevitable y obligatorio", considerándose no sólo la naturaleza del gasto, sino que además su monto; interpretación que permitió al SII rechazar reiteradamente gastos significativos, a pesar de su vinculación evidente al giro del negocio y de su necesidad para generar rentas. Muchos de esos casos lograron revertirse sólo tras arduos debates judiciales.
A veces los actos de órganos públicos no sólo contravienen el texto de la ley, sino que además van en contra de políticas del Estado. Por ejemplo, se busca que los empleadores protejan la salud e integridad de sus colaboradores, pero algunos órganos del Estado, como el SII, rechazan desembolsos dirigidos a mejorar el clima laboral de la empresa, lo que resulta absurdo e incomprensible, porque la mejoría de esas condiciones contribuye a un mayor rendimiento de la empresa y, con ello, un aumento de la renta afecta. Y el gasto en el trabajador es, tal vez, el más necesario para generar ingresos.
Ese panorama cambió. El legislador ha dispuesto que se entiende por gasto "necesario" aquél que tiene la "aptitud" de generar renta, en el mismo o futuros ejercicios y esté asociado al interés, desarrollo o mantención del negocio. Se trata, ahora, de un concepto asociado a la gestión de la empresa y no a su resultado, pudiendo sumarse incluso el desembolso que tenga la "potencialidad" de generar rentas, aunque en definitiva no se produzcan por razones de mercado, competencia u otras, tales como gastos en marketing, por defensas judiciales asociadas al negocio, para celebraciones de Fiestas Patrias y Navidad, aniversarios institucionales, etc.
Se trata de un concepto legal, ahora fuertemente asociado a la gestión de la empresa, que nunca debió quedar entregado a la discreción y al arbitrio administrativo, especialmente porque el SII está facultado para interpretar la ley, y no para ampliar, ni para restringir los alcances de sus normas, tal como lo ha declarado expresamente la Corte Suprema.
Luis E. Ulloa Rosas, abogado tributario
Córtenla
Estimado director: Insisto en la falta de generosidad que muestra la clase política, sobre todo en los momentos tan difíciles que estamos viviendo, que requieren acciones y actitudes excepcionales.
Siguen haciendo lo mismo de siempre, sobre todo lo que llaman oposición al gobierno, le niegan la sal y el agua, no dan prioridad a sus proyectos en las comisiones, demoran proyectos por intereses personales o politiqueros añejos. Se les nota mucho la ambición por el poder y el botín del Estado.
Jorge Porter
Enfermedades Raras
Sr. director:Aunque no existe una definición universal de las enfermedades raras, son aquellas que afectan a menos de 1 por cada 2000 habitantes, siendo la mayor parte de ellas mucho menos frecuentes que eso.
Iniciativas para reconocer y preocuparse por estas enfermedades han surgido en distintas partes del mundo, porque son condiciones donde el sujeto enfermo está desamparado. El diagnóstico de estas enfermedades es difícil y la mayor parte de los médicos no las reconocen. Los tratamientos escasean o simplemente no existen. No existen políticas públicas para tratar a estos enfermos, ya que son numéricamente despreciables y, por lo mismo, no generan preocupación de parte de los medios de comunicación. Así, el sujeto con este diagnóstico es un enfermo "raro" que depende habitualmente de la buena voluntad de algunas ONG, creadas usualmente por familiares de afectados y de los recursos que pueda conseguir por su cuenta para obtener alivio de su condición.
Enfermedades huérfanas existen muchas. Como médico dedicado a las enfermedades respiratorias, me toca lidiar semana a semana con una de estas condiciones: la fibrosis pulmonar, un grupo diverso y complejo de enfermedades raras, muchas de ellas de mal pronóstico y que terminan en algunos casos en una situación dramática para el paciente y su familia: ahogado, sin poder respirar en su casa.
Para la fibrosis pulmonar existen algunas opciones de terapia, pero que muchos de los afectados no pueden costear. Existe además el oxígeno, medicación ampliamente disponible y que al menos puede aliviar el sufrimiento de aquellos con enfermedad avanzada. Sin embargo, ningún tipo de fibrosis pulmonar está en las garantías GES o en la Ley Ricarte soto y, por lo tanto, los seguros de salud sean públicos o privados, no siempre le entregan oxígeno a estos pacientes.
El llamado es a reflexionar y buscar formas de apoyar a personas afectadas por estas enfermedades devastadoras y tratar de que al menos puedan obtener alivio de su sufrimiento, cuando la cura no esté disponible.
Mauricio Salinas, coordinador Comisión enfermedades pulmonares intersticiales Sociedad Chilena de Enfermedades Respiratorias