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padres o cuidadores lograran darse cuenta de lo que estaba ocurriendo, por lo que, cuando llega el momento de entregar un testimonio ante un funcionario del Estado se requiere un trato y cuidado especial", señaló.
De acuerdo a Miranda, esta Ley creó la figura de dos profesionales claves para su funcionamiento. Uno de ellos es el "Entrevistador", única persona que puede obtener el testimonio de la víctima niño, niña o adolescente. Es un profesional altamente calificado, quien luego de aprobar un extenso y exigente curso inicial de entrenamiento, debe seguir un proceso de formación continua y finamente probar que cumple con los requisitos legales y de idoneidad para desempeñarse en el cargo tras una acreditación formal ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
En ese orden de ideas, este profesional realizará preguntas para conocer en detalle los hechos, los partícipes, el lugar, la hora y la posible reiteración, pero siempre respetando los derechos de los niños y niñas, a fin de generar un espacio de confianza y empatía con todo lo que la víctima pueda estar sintiendo. Para lo anterior, previo a la entrevista, la Ley obliga a realizar una evaluación a cargo de la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos de la Fiscalía, para confirmar si el niño, niña o adolescente se encuentra o no en condiciones físicas y sicológicas para enfrentar la diligencia.
Por su parte, el "Intermediador judicial", es un profesional calificado como entrevistador, quien concurre a la audiencia de Juicio Oral y es la única persona que durante la declaración judicial transmitirá las preguntas realizadas por el fiscal, defensor o jueces, a los niños, niñas y/o adolescentes.
Inversión
Respecto de la preparación que la Fiscalía de Atacama ha desarrollado para implementar esta iniciativa, el fiscal regional de Atacama, Alexis Rogat, informó que en el año 2020 se finalizaron los trabajos de construcción y habilitación de salas especiales para realizar tales entrevistas en las Fiscalías Locales de Vallenar y Chañaral y en dependencias de la Uravit Regional, ubicada a un costado de la Fiscalía Local de Copiapó, las que ya están operativas y entregarán soporte a las tres provincias de Atacama, involucrando una inversión superior a los $28.000.000.-, además del moderno equipamiento técnico que permitirá grabar y almacenar digitalmente las entrevistas.
En materia del equipo humano con que cuenta la Fiscalía para comenzar con esta nueva herramienta de investigación, Rogat confirmó que en la actualidad cuentan con 6 entrevistadores capacitados y certificados, mientras que hay otros 3 en etapa de formación.
"El año pasado se desarrollaron selectivamente Entrevistas Investigativas Videograbadas en las Fiscalías Locales de la Región de Atacama, utilizando además un protocolo especial de seguridad sanitaria para prevenir contagios por COVID-19, a fin de contar con la experiencia previa e ir resolviendo las dificultades que pudieran surgir durante la puesta marcha de la Ley", dijo Rogat.
Finalmente, Alexis Rogat manifestó que la comunidad regional debe tener siempre la certeza que para el Ministerio Público la investigación de delitos graves de toda índole que afecten a niñas, niños y adolescentes, serán siempre una prioridad y gran parte de los esfuerzos institucionales están destinados a investigar y sancionar a sus responsables. Por ello, reiteró el llamado a denunciar este tipo de delitos e informarse de cada uno de los alcances de esta Ley.
Requisitos para interactuar con víctimas
Se debe cumplir con el protocolo de denuncia, lo que implica que los funcionarios que reciben denuncias deben seguir estrictamente este protocolo.
Se debe contar con espacios físicos especiales para los niños, niñas y/o adolescentes, tanto para recibirlos(as) como para que participen de las diligencias decretadas por el Fiscal.
Se debe contar con personal especializado y altamente capacitado para interactuar con niños, niñas y/o adolescentes.
Se debe priorizar la atención de los niños, niñas y/o adolescente, así como también tramitar estas causas con mayor rapidez.
Se debe evitar cualquier tipo de interacción, conducta o verbalización que pueda generar daño físico y/o psicológico en los niños, niñas y/o adolescentes.
Se debe resguardar la salud física y psicológica de los niños y niñas mientras colaboran con el proceso.
Se deben cumplir los principios de la Ley 21.057, especialmente: el interés superior del niño (el niño es más importante); la autonomía progresiva (hay que adecuar el lenguaje acorde a la edad para que pueda tomar decisiones); participación voluntaria (el niño o niña participará solamente si quiere); prevenir la victimización secundaria (no dañar a los niños y niñas) y tramitación preferente.
$28 millones fue la inversión realizada para los trabajos de construcción y habilitación de salas especiales para realizar las entrevistas.
6 entrevistadores capacitados y certificados tiene la Fiscalía Regional para realizar estas entrevistas videograbadas.