Corte ordena a colegio acoger a estudiante de acuerdo a su identidad de género
FALLO. Además, deberán desarrollar un protocolo de inclusión de la comunidad LGTBIQ.
La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió un recurso de protección y ordenó al Colegio Adventista de la ciudad tratar a adolescente de 13 años según su identidad de género y nombre social; se le permita el uso de los servicios higiénicos acorde a su identidad y modificar de los registros del plantel su nombre registral por su nombre social.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Pablo Krumm, Antonio Ulloa y Rodrigo Cid- estableció el actuar ilegal, arbitrario y discriminatorio del establecimiento educacional, al impedir que la adolescente ingresara a clases en marzo pasado con uniforme femenino acorde a su identidad de género, por lo que, instruyó, además, al plantel la elaboración de un protocolo que permita la inclusión efectiva de niños, niñas y adolescentes que formen parte de la comunidad LGTBIQ, y que encomiende a una institución pública o privada la elaboración y/o ejecución de proyectos educativos relacionados a la materia.
Fallo
"Que habiéndose establecido que existe un deber de los órganos del Estado, entre éstos, la Superintendencia de Educación, de promover y respetar los derechos fundamentales que emanan de la naturaleza humana (...) resulta plenamente racional y acorde con la realidad actual que nuestra sociedad exige en el respeto de estos derechos y en la prohibición de toda forma de discriminación en contra de las personas, cualquiera sea su condición, de forma que el cumplimiento de su preceptiva por parte de los establecimientos educacionales y de sus sostenedores reconocidos oficialmente resulta obligatorio", sostiene el fallo.
La resolución agrega que "se infiere que la actuación del Colegio recurrido consistente en negarle a la niña de 13 años de edad, la entrada al establecimiento educacional por parte del director, por asistir a clases el día 11 de marzo del presente año, vestida haciendo uso de su uniforme de niña resulta ilegal y arbitraria, al ser discriminada porque su identidad femenina no fue respetada, queriendo ella vestir y ser tratada con su identidad femenina sin discriminación".
Para el tribunal de alzada, "ella tiene derecho a expresar su identidad de manera femenina como todas las niñas y adolescentes, esto es, vistiendo el uniforme que usan las niñas y adolescentes del Colegio Adventista de esta ciudad, de modo que la recurrida al no respetar el derecho de la niña a expresar la identidad de género propia, incurrió en una vulneración a las normas internacionales y nacionales que prohíben la discriminación basada en aspectos de género, transgrediendo además su propio Reglamento de Convivencia Escolar y el Ordinario Nº 0768, emanado de la Superintendencia".