Aprueban priorizar pago de pensión alimenticia por sobre otras obligaciones
CÁMARA. El 60% de las resoluciones por demandas no se están cumpliendo.
La Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto que fortalece el sistema de pago de pensiones de alimentos, el que permite priorizar el pago de este deber de los padres para con sus hijos por sobre otras obligaciones crediticias y ante una situación de eventual quiebra del alimentante.
El texto aprobado por la Sala en forma unánime excepciona a los alimentos adeudados del efecto de extinción de los saldos insolutos del deudor, asegurando el cumplimiento de estas obligaciones respecto de descendientes y protegiendo sus intereses ante la liquidación de bienes e imputación de cotizaciones previsionales de trabajadores independientes a la devolución de impuestos.
La nueva normativa nació de la constatación de que una obligación obvia para los padres, como es asegurar el sustento de sus hijos, en la práctica es soslayada por muchos. Por esto, dos grupos de legisladores ingresaron en septiembre de 2018 mociones para tratar de contrarrestar la estadística nacional, que indica que un 60% de las resoluciones por demandas por pensión alimenticia no se están cumpliendo.
La Comisión de Familia analizó las propuestas y estas fueron refundidas en una única iniciativa cuya idea matriz es fortalecer la protección de la obligación de alimentos.
Los obligados a proporcionar los alimentos son el padre y la madre, y si los padres no pueden hacerse cargo, la obligación pasa a los abuelos de la línea del padre que no provee, y en subsidio de estos, a los abuelos de la otra línea.
En los procedimientos de separación judicial, nulidad y divorcio, deben regularse los alimentos que corresponderá recibir a los hijos si los hubiere, debiendo ser fijados por el juez a falta de acuerdo de las partes.
El monto máximo para las pensiones alimenticias decretadas judicialmente no puede exceder el 50% de las rentas del alimentante.