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Gobierno: mujeres en playa estaban usando bien público

INCIDENTE. Bienes Nacionales determinó que la conducta de Matías Pérez Cruz fue inadecuada y carece de base jurídica, pero que no sería sancionable legalmente.
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Redacción

El Ministerio de Bienes Nacionales entregó el "informe técnico referencial" que buscaba determinar el lugar exacto donde Matías Pérez Cruz emplazó a retirarse a tres mujeres en un sector costero del lago Ranco, con el argumento que estaban en su propiedad.

Según el documento, leído por el ministro Felipe Ward, las mujeres estaban precisamente en la playa, un lugar de uso público, por lo que no correspondía el maltrato y el hostigamiento hecho por Pérez, presidente del directorio de Gasco.

"Las personas que fueron requeridas a abandonar el lugar por don Matías Pérez se encontraban ubicadas en un sector de playa del Lago Ranco y, por tanto, en un Bien Nacional de Uso Público", dice el documento de 19 páginas.

Agrega, en su segundo párrafo, que "no resulta adecuado el proceder del señor Pérez Cruz, toda vez que tanto el acceso como el uso de las playas en Chile no requieren permiso ni autorización alguna (…) Las playas del territorio nacional son públicas, de manera que no se observa inconveniente alguno en que las tres personas se encontraran descansando pacíficamente en el lugar donde ocurrieron los hechos denunciados".

Finalmente, el documento destaca que el comportamiento de Matías Pérez Cruz "carece de sustento jurídico, toda vez que confunde una simple extensión de las características geográficas de su terreno con la atribución de sentirse y comportarse como dueño de un espacio público de libre acceso a todos los chilenos".

Tras detallar el informe, el ministro agregó que "esta persona se equivocó, esto no es su jardín, no es propiedad privada, es un bien público. Esa es la conclusión y determinación del ministerio".

"lo va a reconocer"

Si bien Ward recalcó que el comportamiento del empresario "no resulta adecuado" y constituyó "un emplazamiento inadecuado a personas que estaban descansando", generando "una discusión desagradable", la legislación no puede sancionar su conducta.

"No he descubierto un tipo penal que sea aplicable a este caso (...) (Él) se equivocó rotundamente y no cabe ninguna duda en torno a eso. Creo que él también en algún momento lo va a reconocer y si no lo reconoce públicamente, lo hace internamente, pero más allá de la sanción social que ha provocado esto, tengo la impresión de que legalmente no se expone a nada".

Pérez Cruz dijo que fueron "groseras"

En la fiscalización de Bienes Nacionales, el presidente de Gasco, Matías Pérez Cruz, dijo que las tres mujeres que expulsó del lago Ranco habían sido "groseras" con él. Declaró que ellas le pidieron que les llevara su título de propiedad para demostrar que es dueño, lo que le molestó y llevó a tomar las pertenencias de las personas y solicitarles que se fueran. Añadió que la situación afectaba su derecho de propiedad y privacidad. Pérez Cruz también relató que adquirió la propiedad a través de una permuta con el Sindicato de Colún.

"Operación Huracán": ordenan arresto domiciliario total para el general (r) Blu

JUSTICIA. Prisión preventiva es "desproporcionada", estimó Corte de Apelaciones.
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Tras casi siete meses recluido por la indagatoria por manipulación de evidencia en la conocida como "Operación Hurácan", la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la prisión preventiva dictada contra el exjefe de Inteligencia de Carabineros, el general (r) Gonzalo Blu.

La Primera Sala del tribunal de alzada calificó de "desproporcionada" la medida cautelar con la que se encontraba el general (r), formalizado por asociación ilícita, falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación, ordenando en su reemplazo arresto domiciliario total y arraigo nacional.

"En este escenario, resulta desproporcionada la situación de medida de prisión preventiva que está decretada en los antecedentes, en especial, considerando la circunstancia del arraigo que exhibe el imputado, lo que no ha sido discutido en ningún caso por el Ministerio Público y las instituciones presentes en la audiencia", indicó el tribunal en su resolución.

También se recalcó que dicha cautelar había sido dictada solo considerando la pena probable, la cual, "se insiste, va a estar en relación a lo que se acredite en el juicio oral.

Por ello, se consideró "de interés resaltar que el sistema acusatorio penal contempla una serie de medidas alternativas (...) debiéndose razonar en relación a los fines del procedimiento y a las eventuales sanciones a imponer".

Ahora, el exintegrante del Alto Mando de Carabineros esperaría en su domicilio el inicio del juicio oral del caso llevado adelante por el fiscal regional de Aysén, Carlos Palma.

Tumor cerebral

La defensa del exdirector de inteligencia policial apeló la medida cautelar, ratificada por última vez en septiembre pasado, cuando se hizo entrega de antecedentes que acreditaban que Gonzalo Blu padece un tumor cerebral.

El abogado del general (r), Claudio Pavlic, aseguró que el tribunal hizo "concreta la presunción de inocencia", lo que para él permitirá que Blu "tenga más espacio para poder dedicarse a su defensa y establecer con todos los medios a su mano su completa inocencia".