Redacción/P.Vásquez F
Más de 50 reclamos ha recibido el Sernac en Atacama desde que entró en vigencia la Ley de Estacionamientos.
Según la información entregada por Eduardo Marín director regional de la entidad, el organismo a nivel nacional ha recibido hasta el 20 de julio, un total de 2.135 denuncias relacionadas con los servicios de estacionamiento. De este total, 2,4% de los casos corresponden a la región de Atacama, con un total de 51.
Los principales motivos dicen relación a robo o hurto al interior de los estacionamientos, cobros de precios superiores al exhibido, informado, o al tiempo efectivamente utilizado, con esto la empresa no reconoce aplicación de la ley de estacionamiento.
Según se explicó desde el organismo, en cuanto a las respuestas de las empresas de aparcaderos, un 70,6% de los casos no son acogidos, mientras que un 7,8% no son respondidos. Sólo un 17,6% fueron respondidos satisfactoriamente.
Precio por servicio usado
Esta ley establece dos estructuras de cobros, cuyo propósito es que los usuarios paguen por el servicio efectivamente utilizado. Las empresas deben decidir por cuál de ellas optar.
Según el Sernac, una de ellas es el fraccionamiento por minuto efectivo de uso. La segunda alternativa es por un tramo mínimo de 10 minutos de tiempo vencido, cuyo período inicial no debe ser inferior a media hora. Cualquiera sea la modalidad de cobro que utilice la empresa, no podrá, bajo ninguna circunstancia, redondear o aproximar la tarifa al alza.
Estas exigencias también aplican a las empresas que administran estacionamientos en la vía pública.
Robos
Ante un hurto o daño al vehículo, las empresas que ofrecen el servicio de estacionamiento y no cumplieron con su obligación, pues no adoptaron las medidas de seguridad adecuadas, deben asumir dicha responsabilidad.
Esto es coherente con la postura que ha sostenido el Sernac y que ha sido ratificada por los tribunales de justicia, en cuanto a que las empresas son responsables de todo perjuicio o daño que se cause al vehículo o al usuario, se trate de un estacionamiento gratuito o pagado.
La modificación a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), establece obligaciones de información y reparación para los consumidores, de acuerdo con el cumplimiento del deber de profesionalidad y de seguridad en el consumo, siendo éstos exigibles también a las empresas que brindan el servicio de estacionamiento.
Por esto, cualquier declaración de la empresa en que se exima o limite dicha responsabilidad, no producirá ningún efecto.
Por esto, entre las recomendaciones del Sernac ante alguna falta a la ley, es guardar la boleta o comprobante de pago, revisar si el cobro se ajusta a la estructura tarifaria y reclamar eventuales cobros indebidos ante la empresa.
Extravío de ticket
En caso de pérdidas del ticket, las empresas obligaban a los consumidores a pagar el día completo o una tarifa prefijada. En este sentido, esta ley aplica un criterio de justicia al eliminar el cobro de una tarifa prefijada o de una suma mayor a la que corresponde pagar por el tiempo que efectivamente estuvo el consumidor en el estacionamiento.
A partir de ahora, y en caso que los consumidores pierdan su ticket, serán las empresas las que tendrán la responsabilidad de determinar, tras consulta a sus registros, el tiempo efectivo en que el consumidor utilizó el estacionamiento, debiendo, en tal caso, cobrar solo la tarifa correspondiente a éste.
En caso de sentir que sus derechos son vulnerados, los consumidores pueden reclamar ante el Sernac a través de www.sernac.cl, llamando al 800 700 100 o en las oficinas a lo largo del país.
La Ley
El 17 de noviembre del año pasado, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 20.967, que regula el cobro de servicios de estacionamiento, e introdujo los nuevos artículos para resguardar y fortalecer la protección de los derechos de los consumidores en el contexto de la prestación del servicio de estacionamientos.
Se establece gratuidad del servicio de estacionamiento en clínicas y hospitales en caso de que éste sea utilizado en una situación de urgencia o emergencia, durante el tiempo que duren éstas, o sea usado por pacientes que tengan una dificultad física permanente o transitoria para su desplazamiento.