Elecciones en Ecuador
Estimado Director:
Lo acontecido en Ecuador tiene ribetes de ciencia ficción y novela, terminada la votación a los pocos minutos, la página del Consejo Nacional Electoral (CNE) se había caído, y el candidato a vicepresidente por CREO -opositor a Correa-, Andrés Páez, anunciaba por twitter que el proceso de fraude comenzaba. Mientras tanto el conteo de votos continuaba, pero no lo veíamos. Para el control Electoral de CREO -según explicación de Cesar Monge-, al llegar al 53,8% de votos escrutados ya estaban dando ganador a Guillermo Lasso -el candidato opositor-, en guarismos similares a los que las encuestadoras independientes habían anunciados. Al llegar al 82,22% de votos escrutados continuaba ganando Lasso. En ese momento se encendió la página del CNE y se ve a Lenin Moreno -oficialista- ganando a Lasso. Pero al analizar los archivos planos del CNE del 95,3% de las mesas escrutadas daban ganador a Lasso. ¿Qué pasó? Se habla de 1795 actas que se encuentran en estado irregular: sin firmas, con firmas cambiadas y con inconsistencia numérica. Se han comprobado actas en que los votos a Lasso se lo dieron a Moreno. La gravedad los obliga a CREO a pedir la impugnación del escrutinio, y solicitar el reconteo voto por voto. Mientras los ecuatorianos no dejan las calles, defendiendo la democracia y denunciando el fraude.
¿En que terminara esta historia?
María Celsa Rodríguez. Analista invitada Circulo Acton Chile4. Miembro de Hacer Washington DC
Disposición constitucional inconstitucional
Señor Director.
Durante el año 2016 fueron interpuestos ante el Tribunal Constitucional dos requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 483 del Código Procesal Penal, cuya aplicación da origen a que el antiguo sistema de procedimiento penal inquisitivo le esté siendo aplicado en la actualidad a un pequeño grupo de personas -un sistema que le veda a los imputados el derecho a una adecuada defensa, a un juicio justo y a ser juzgados por un tribunal imparcial-, lo que vulnera los derechos humanos a la igualdad ante la ley y a un debido proceso, razón por la que es manifiestamente inconstitucional.
Tales requerimientos no fueron acogidos. El Tribunal Constitucional argumenta que dicho precepto legal "sólo se reduce a regular la entrada en vigencia del Código Procesal Penal" y que es constitucional porque "encuentra respaldo en la disposición octava transitoria de la Constitución" que "fue establecida para permitir la entrada en vigencia gradual o progresiva del nuevo sistema procesal penal" (esa era su ratio legis).
Ese Alto Tribunal no repara en el hecho de que dicha disposición octava transitoria es también manifiestamente inconstitucional porque: a) al entrar en vigor el nuevo sistema procesal penal en todo el territorio nacional -el 16 de junio de 2005- desapareció su ratio legis; b) al no existir una causa o motivo razonable que la justifique establece una discriminación arbitraria (una diferencia de tratamiento injusta, odiosa y caprichosa); c) permite que a algunas personas les sea aplicado un sistema de enjuiciamiento que vulnera las normas del debido proceso; y d) atropella garantías amparadas por artículos permanentes de nuestra Carta Fundamental -que tienen mayor jerarquía- y por tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile que se encuentran vigentes.
Adolfo Paúl Latorre, abogadol
Empleo formal en caída libre
Lo que los sindicatos que agrupan a trabajadores y trabajadoras de la Industria Pesquera hemos venido advirtiendo por años a la autoridad, hoy lamentablemente se hace realidad: la pérdida de los empleos formales.
Según el INE, en 2016 se perdieron cerca de 120 mil puestos formales, la mayor caída desde 2010, y los expertos proyectan que la tasa de desempleo se ubicará por sobre el 7% durante 2017. Esta triste y preocupante realidad es la que los trabajadores y trabajadoras estamos enfrentando, tratando de sobrevivir y proteger los pocos empleos formales que van quedando. Particularmente en las áreas productivas que mueven al país, que son las industrias Minera, Agrícola, Forestal y Pesquera.
Sin duda que el principal factor es el estancamiento de la economía; sin embargo, en el sector pesquero industrial, que es en donde más puestos de trabajo formales se han perdido en los últimos 15 años, existen diversos factores, entre ellos la inestabilidad legal que ha debilitado fuertemente a la Industria Pesquera en general.
Lamentablemente hoy al hablar del sector pesquero inmediatamente se asocia a corrupción y cohecho, dejando de lado temas de fondo, como la sustentabilidad de los recursos, pesca ilegal y, lo más importante para los trabajadores del sector, la estabilidad en el empleo y los convenios colectivos; en definitiva, trabajo formal.
Respecto de la actual Ley de Pesca, al igual que todas las leyes, puede y debe ser perfeccionada y para ello tenemos una organización internacional neutral y objetiva, libre de presiones políticas y económicas, que es FAO, la cual detalla en su informe cuáles son los elementos que se deben revisar.
Eric Riffo, Juan Carlos González y Hugo Roa. Personal Embarcado de Chile