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Insolvencia y trabajadores honorarios

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Han pasado dos años desde que entró en vigencia la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, la que puso énfasis en el acceso a personas para que pudiesen renegociar sus deudas y renacer financieramente. No obstante, hay un punto que no deja de ser relevante y al cual no se ha prestado atención: cómo ésta aplica y perjudica a los trabajadores independientes, a aquellos que verdaderamente laboran como tal y que no trabajan con boleta dependiendo de determinada entidad.

En una decisión legislativa, la norma separó a las personas naturales que son trabajadores asalariados y otros sujetos de crédito -tales como pensionados, estudiantes, entre otros-, de aquellos que desempeñan actividades independientes. El problema es que a estos últimos los categorizó como empresa deudora, lo que significa que los profesionales que realicen boletas de honorarios no pueden acogerse a la renegociación, a la inversa de personas deudoras que sean trabajadores dependientes, tales como dueñas de casa y estudiantes.

Este preocupante escenario desencadena que una persona que sea considerada empresa deudora queda vedada del acceso al procedimiento de renegociación, que es gratuito y se ventila ante la Superintendencia de Insolvencia. Así, sólo quedan opciones que se realizan ante tribunales y con costos muchísimos más altos.

Es por ello que existe la enorme necesidad de un cambio legislativo que elimine la distinción que establece la nueva Ley de Quiebras entre personas naturales que realicen boletas de honorarios, de aquellas que son trabajadores dependientes.


Felicidad y programas de gobierno

Obviamente, no es fácil obtener una respuesta precisa ya que hay múltiples factores de infelicidad tanto personal como social. Sin embargo, a partir de esta pregunta del insigne tribuno y haciendo un catastro de estas causas de infelicidad, se podrían elaborar programas de gobierno más realistas y "ciudadanos"


Feriado


APV 2016

El 31 de Diciembre se termina el plazo del año tributario 2016 para realizar APV, en sus dos modalidades, APV-A y APV-B, y así obtener sus beneficios tributarios respectivos.

El APV-A, o de la clase media, bonifica en un 15% el aporte del afiliado, con un tope anual de 40 UTM al aporte, y de 6 UTM de beneficio tributario -$1.850.000 de aporte y $275.000 de beneficio-, el cual es depositado en la cuenta APV-A del afiliado.

El APV-B, o de altas rentas, devuelve el beneficio tributario directo al afiliado según la escala tributaria en que esté, por ejemplo, si el afiliado está en una escala impositiva del 30%, entonces se le devolverá el 30% del aporte, con un tope de aporte hasta 600 UF -$15.800.000-.

Realizar APV siempre es positivo, y permite mejorar el monto de la futura pensión, adelantar la pensión, o bien compensar periodos de lagunas previsionales si existieran, por lo que se sugiere aprovechar éste incentivo tributario, pues son de los pocos beneficios que se pueden acoger las personas naturales.


Atentado

El lunes 19 de diciembre el embajador ruso en Turquía, Andréi Kárlov, fue asesinado en Ankara por un pistolero que clamó venganza "por Alepo" al dispararle. El atacante, turco, disparó al diplomático mientras este inauguraba una exposición fotográfica en un céntrico barrio de la capital turca. Moscú confirmó la acción, que calificó de "atentado terrorista". El presunto agresor, que actuó solo, fue "neutralizado" por la policía en el momento.

El incidente no es menor y sin Lugar a dudas cambiará el estatus del Sistema de Relaciones internacionales, la dinámica de Operaciones en la Zona y el discurso político en el ámbito internacional.

Señor director:

Ricardo Ibáñez, abogado Defensa Deudores

¿Son felices los chilenos? Esta pregunta hizo el senador radical Don Enrique Mac Iver en su magnífico discurso llamado la crisis moral de la república, en el Ateneo en 1900.

Jaime García Covarrubias

Con el proyecto para declarar feriado el 2 de enero la Presidenta dio el puntapié inicial para la carrera presidencial de 2017.

Mauricio Pilleux Dresdner

Señor director:

Eduardo Jerez Sanhueza

Señor director:

Francisco Sánchez Urra