Secciones

Vive en Peñalolén y fue designada vocal de mesa en Copiapó tras ser inscrita por error

MUNICIPALES. Publicista fue designada el 2012 para sufragar en la capital regional en el marco de la inscripción automática.
E-mail Compartir

Complicada y molesta. Así se encuentra la publicista Alejandra Salvo, quien durante estos últimos días ha pensado en Copiapó como nunca en su vida, no precisamente por un tema familiar o vacaciones, sino que -según denunció- fue designada como vocal de mesa a pesar de que vive en Peñalolén, Santiago.

Así lo afirmó la mujer de 39 años, quien fue llamada a cumplir esta función en el Liceo José Antonio Carvajal, a pesar que como ella sostiene solo una vez pasó por la capital regional, como parte del tramo que la llevó a Bahía Inglesa durante el año 2008.

Proceso

La historia del error comienza el año 2012 cuando en el marco de la implementación de la inscripción automática y voto voluntario de las municipales, la mujer fue designada para sufragar en la capital regional a pesar de vivir en Santiago. "Mi idea era ir al Servel y cambiar mi dirección, pero trabajaba e igual era una pérdida de tiempo", dijo Salvo, quien finalmente no hizo el trámite, pensando en que nunca iría a votar tal como lo ha hecho durante toda su vida.

Sin embargo, el problema se le generó cuatro años después cuando durante la semana pasada a su marido se le ocurrió buscarla en las páginas del Servel, encontrándose con que había sido designada vocal de mesa.

El problema es que ya era tarde para excusarse debido a que había finalizado el plazo para este proceso. "No se me había pasado por la cabeza ser designada", dijo la publicista.

Fue así como consultó sobre este tema a Servel, donde le dijeron que tenía que hacer varios trámites. "Tengo que ir a Carabineros el día de las elecciones, a la junta de vecinos por un certificado de residencia (para demostrar que nunca ha vivido en la capital regional) y se supone que va a llegar una orden judicial de Copiapó, tengo que pedir una especie de exhorto para presentarme al Juzgado en Santiago y no al de Copiapó", explicó.

Lo que sorprende a la mujer es que no tienen ninguna relación con la capital de Atacama, solamente una vez que estuvo de paso en el marco de sus vacaciones en Bahía Inglesa.

Además su duda es lo que se viene con el trámite judicial. "Tengo que esperar que me llegue la citación del Juzgado de Copiapó, pero ¿cómo me van a mandar una citación en la que aparece en Copiapó? no sé qué dirección aparece en Copiapó", agregó.

Críticas

La mujer dijo estar complicada principalmente porque tiene un bebé de cinco meses y arremete contra el Servel.

"Uno espera que el error lo solucionen ellos", comentó y agregó que le parece extraño que ya desde el 2012 se hayan registrado cambios involuntarios de domicilio.

Salvo aprovechó de contar que su marido también fue inscrito en una comuna en la que no reside. "Mi marido votaba en Los Ángeles y aparece en Ñuñoa. La diferencia es que era de Los Ángeles, votaba allá y nosotros vivimos en Peñalolén. Sacó carnet en Ñuñoa y fue inscrito automáticamente", dijo.

De todas maneras, su problema es mayor y espera no sufrir la multa que se entrega en estos casos.

Consultado el Servel Santiago sobre el caso hasta el cierre de esta edición no se recibió respuesta.

Los pasos

El Servel indica que "las designaciones de vocales y miembros corresponden a las Juntas Electorales, por lo que las excusas deben presentarse ante ellas, dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la designación, es decir, entre el 3 y 5 de octubre". Entre las causales están:

Haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.

Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral.

Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomienda la ley 18.700.

Tener más de 70 años.

Estar física o mentalmente imposibilitado.

Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste.