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Confirman fallo que absolvió a ciudadano chino imputado por homicidio

RECHAZO. No se pudo concluir que actuara con la intención de matar.
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La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad que absolvió a Qilong Yang, como autor del supuesto delito de homicidio simple de Yong Jun Sun, que habría cometido el 30 de octubre de 2013, al interior de una faena minera.

En fallo unánime confirmó la resolución de primera instancia, dictada el 12 octubre de 2014, "resolución que, al igual que el juicio oral que lo antecede, no son nulos".

El Ministerio Público imputó a Qilong Yang autoría en el delito de homicidio simple, en grado consumado, por haber atropellado con una camioneta al ciudadano chino Yong Jun Sun al interior de una faena minera, causándole la muerte. Sin embargo, no se pudo concluir que el inculpado actuara con dolo directo, ni dolo eventual, desde que no pudo representarse siquiera la idea de dar muerte a la víctima.

"(…) esta Corte no avizora de manera alguna el defecto que se alega por el recurrente de nulidad, desde que el tribunal de manera razonada y completa se hace cargo en los considerandos antes aludidos, como los leídos en la sentencia, de cada una de las pruebas de cargo, como de la de descargo, dejando clara y razonadamente establecido que el acusado no incurrió en conducta delictual o cuasi delictual alguna que pudiese ser sancionada", concluye el texto.

Corte de Apelaciones ordenó nuevo juicio contra carabinero acusado de torturas

FREIRINA. El 19 de octubre el Tribunal Oral en lo Penal condenó al funcionario, que fue acusado de apremios ilegítimos en contra de un poblador de la comuna.
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Redacción /P. Vásquez

La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió ayer el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia dictada el 19 de octubre pasado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad, que condenó al sargento primero de Carabineros Cristián Opazo como autor del delito de apremios ilegítimos y ordenó la realización de un nuevo juicio oral.

El 19 de mayo de 2012 una protesta por el mal olor emanado de la planta de cerdos de Agrosuper en Tatara terminó con vehículos policiales incendiados por desconocidos. Al día siguiente Carabineros controló un vehículo en las inmediaciones de la ruta C-46, sector By Pass, comuna de Freirina. Los cuatro ocupantes del vehículo denunciaron una agresión por parte de cuatro carabineros, quienes fueron investigados, tres de ellos finalmente fueron absueltos de los cargos.

Uno de los ocupantes denunció que el carabinero Opazo, habría simulado una agresión sexual con un bastón. Por esta causa el funcionario fue condenado a 3 años de presidio con el beneficio de cumplir la pena en libertad. Sin embargo, la Defensoría Penal Pública interpuso un recurso de nulidad en contra de la sentencia, el que fue acogido por la Corte de Apelaciones.

Unánime

En fallo unánime, la sala del tribunal de alzada determinó que en la decisión de primera instancia "(…) se ha visto afectado el principio de razonabilidad o razón suficiente, al advertirse en el mismo una falta de fundamentación tendiente a explicar convincentemente el razonamiento que el sentenciador ha utilizado para concluir en el juicio de condena que se conoce, a partir de los diversos medios de prueba incorporados en la audiencia de juicio, mas sin ejercer el control jurisdiccional y público a que está llamado respecto de la prueba desestimada, en los términos expuestos precedentemente".

La resolución agrega que "al no poder encontrar en la sentencia una explicación clara, lógica y completa en este ámbito, es evidente que en ella se ha visto afectada la razonabilidad del juicio empírico".

El documento agrega que "la decisión del tribunal de alzada anula la sentencia y el juicio oral en forma parcial, y sólo respecto de Opazo, ordenando la realización de un nuevo juicio oral ante un tribunal no inhabilitado".

Volcamiento de vehículo en la carretera dejó tres heridos

HECHO. Las ocupantes del automóvil resultaron con heridas leves y fueron trasladadas a urgencia del Cesfam de Caldera.
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T res personas resultaron heridas a raíz de un volcamiento de un vehículo menor en la ruta cinco norte que une Caldera con Copiapó. Los hechos se registraron en el Km 863 cuando circulaba un automóvil conducido por la ciudadana de 43 años quien, según relató de la misma conductora, se percató de una vibración del vehículo que no logró estabilizar, lo que provocó el volcamiento del mismo a un costado de la carretera.

Tras el accidente, la conductora resultó herida con lesiones leves y policontusa, mientras que sus hijas de cinco y nueve años, que viajaban de acompañantes, también presentaron heridas leves. Por ello, fueron trasladadas por personal del Samu y en la ambulancia de la concesionaria de la carretera hasta el servicio de urgencia del Cesfam del puerto.

En el lugar trabajaron voluntarios de la Unidad de Rescate del Cuerpo de Bomberos de Caldera y funcionarios de Carabineros de la Subcomisaría de la comuna, quienes se constituyeron en el lugar para determinar las causas de este accidente.