A tres años de la entrada en vigencia de la Ley del Bono de Bodas de Oro, en Atacama han sido 3.295 los adultos mayores que han recibido este beneficio por parte del Estado y que, en este día de los enamorados, el IPS ChileAtiende reconoce como uno de los hitos más importantes en materia de apoyo a la figura del matrimonio y a la familia chilena.
Hasta la comuna de Caldera llegó el director regional del IPS ChileAtiende, Jorge Berardi, junto con la jefa provincial del organismo, Rita Olivares, para agasajar a algunas parejas de enamorados este 14 de febrero, entre ellas la del matrimonio Salinas Hidalgo, quienes recibieron un reconocimiento por ser una de las parejas que han accedido al Bono de Bodas de Oro.
"En este fecha tan significativa para muchas parejas, como IPS ChileAtiende quisimos reconocer el valor que diversos esposos, en particular René y su mujer Gloria de la comuna de Caldera, le han otorgado al matrimonio y al amor al permanecer juntos tantos años. En nuestra visita aprovechamos, además, de invitar a quienes aun no cuentan con el Bono de Bodas de Oro a que se informen en nuestras once oficinas de la región a cerca de este aporte que es un real alivio a sus bolsillos y a su calidad de vida", indicó Jorge Berardi.
Este aporte, que se entrega por una sola vez, es de $270.348 dividido en partes iguales para ambos cónyuges, es decir, cada uno recibe $135.174 que según los mismos beneficiados ha significado una ayuda monetaria directa a personas mayores, matrimonios y viudas(os), contribuyendo de esta forma a mejorar su calidad de vida.
Los requisitos para acceder a este beneficio son ser parejas que hayan cumplido 50 o más años de matrimonio, además de no estar separados, ni divorciados, ni que el matrimonio hubiese terminado por cualquier causa legal; tener Ficha de Protección Social y un puntaje menor o igual a 14.557 puntos; vivir juntos, es decir, en el mismo domicilio; o acreditar residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos cónyuges), reconocidos por la autoridad competente y finalmente tener residencia en Chile cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el beneficio.
Los viudos y viudas también tienen derecho a este beneficio solo si habiendo cumplido 50 años de matrimonio a partir del 1 de enero de 2010, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha, en este caso el viudo(a) podrá optar a su parte del bono. Además tienen derecho si habiendo presentado la solicitud -y verificado el cumplimiento de los requisitos- cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio, en este caso y una vez concedido éste, el monto correspondiente al cónyuge fallecido formará parte de su herencia.
Este aporte, que se entrega por una sola vez, es de $270.348 dividido en partes iguales para ambos cónyuges, es decir, cada uno recibe $135.174 que según los mismos beneficiados ha significado una ayuda monetaria directa a personas mayores, matrimonios y viudas(os), contribuyendo de esta forma a mejorar su calidad de vida.
Los requisitos para acceder a este beneficio son ser parejas que hayan cumplido 50 o más años de matrimonio, además de no estar separados, ni divorciados, ni que el matrimonio hubiese terminado por cualquier causa legal; tener Ficha de Protección Social y un puntaje menor o igual a 14.557 puntos; vivir juntos, es decir, en el mismo domicilio; o acreditar residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos cónyuges), reconocidos por la autoridad competente y finalmente tener residencia en Chile cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el beneficio.
Los viudos y viudas también tienen derecho a este beneficio solo si habiendo cumplido 50 años de matrimonio a partir del 1 de enero de 2010, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha, en este caso el viudo(a) podrá optar a su parte del bono. Además tienen derecho si habiendo presentado la solicitud -y verificado el cumplimiento de los requisitos- cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio, en este caso y una vez concedido éste, el monto correspondiente al cónyuge fallecido formará parte de su herencia.
Para solicitar este beneficio, los matrimonios y viudas(os), una vez que verifican el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley, deben acercarse a una sucursal del IPS ChileAtiende o realizar sus consultas en el fono 600 440 0040 o visitar www.ips.gob.cl.
El plazo para solicitar el beneficio es de un año desde que se cumple el aniversario de matrimonio en que la persona tiene derecho a solicitar el bono. Cabe recordar que las personas pueden solicitar el bono a partir de la fecha en que cumplen los 50 años de matrimonio estipulados como requisito para acceder al beneficio.