Daniela Munizaga
Según datos de la Defensoría Penal Pública, durante el 2018 en la Región de Atacama hubo un total de 37 personas que estuvieron en prisión preventiva o internación provisoria y su causa terminó por absolución, sobreseimiento y/o no perseverar.
En dicho año, en relación a esta medida cautelar 16 imputados estuvieron entre 0 a 15 días, 19 entre 16 días a menos de 6 meses y 2 personas entre 6 meses y más. Desde la Defensoría Penal Pública a nivel regional indicaron que para ellos es preocupante que existan personas inocentes que hayan estado en prisión preventiva, lo cual enciende sus alarmas para revertir esta situación.
"Para nosotros como institución, la prisión preventiva debe ser aplicada como último recurso y jamás, convertirse en una suerte de pena anticipada, por lo cual instamos permanentemente a los defensores de la región, a enfrentar las audiencias con líneas argumentativas que apunten al uso racional de las medidas cautelares y resguardando siempre la libertad individual de nuestros defendidos", señaló el defensor regional, Raúl Palma.
La Defensoría trabaja en el "Proyecto Inocentes", el cual está enfocado en dar a conocer de forma pública casos de personas que han sido declaradas como inocentes por los tribunales, y que han debido sufrir la privación de libertad como medida cautelar. En relación a ello, el defensor regional agregó que "estamos trabajando permanentemente los casos con los defensores de la región y actualmente, estamos abordando dos casos en la Unidad de Estudios, donde uno es especialmente dramático y del cual pronto tendrán conocimiento".
Por último, Palma destacó la importancia de aclarar este tipo de casos "que por sí mismos, son de una injusticia inmensa para las personas que han padecido la prisión, siendo en definitiva inocentes. Además de que la privación de libertad en estos casos es desastrosa, desde el punto de vista de la vida de esas personas y sus familias. Por otro lado, nos permite estar alertas para que el uso de la prisión preventiva no se convierta en la regla general, como ocurre a menudo, donde su aplicación a veces parece automática, fruto principalmente de las modificaciones legales del último tiempo y en particular de las dos últimas agendas cortas".
Ministerio Público
La medida cautelar de prisión preventiva, afecta a aquellas personas de las cuales se tiene antecedentes que hacen presumir su responsabilidad en un delito y es solicitada por el fiscal al juez en una audiencia para asegurar el desarrollo de una investigación, ya sea para proteger a la víctima o a la sociedad.
Al ser consultada la Fiscalía sobre estos casos en que los imputados terminaron como inocentes o no condenados, indicaron que "quizás, el principal inconveniente que se genera en el procedimiento penal a la hora de juzgar al responsable de un delito, es que este juzgamiento se realiza durante un juicio oral en que víctimas y testigos, presentan sus declaraciones en "vivo y en directo" ante los jueces, ante los demás intervinientes y, en ocasiones, frente a personas ajenas al procedimiento, pues las audiencias de juicio, por regla general, son públicas".
Agregaron que "en esas condiciones, lamentablemente, hay víctimas y testigos que no cumplen con su obligación de asistir al juicio a declarar, lo que impide al fiscal rendir su prueba y generar la convicción necesaria en los jueces para condenar, quienes, en consecuencia, optan por dictar sentencia absolutoria, lo que, en muchos casos, no significa que el acusado no haya cometido el delito o que el hecho por el que se le juzga, no haya ocurrido".
Por último, desde la Fiscalía señalaron que "en Atacama, en el año 2018, se formalizaron a 4.206 imputados quedando solo 474 de ellos en presión preventiva, siendo el porcentaje de personas en prisión preventiva en nuestra región, que terminaron absueltas en juicio, muy inferior al que presenta la media nacional".
Prisión preventiva
La prisión preventiva es una medida cautelar que priva de libertad a un imputado y solo procede cuando las demás cautelares sean insuficientes para asegurar los objetivos del procedimiento penal.
Esta medida es solicitada por el fiscal (teniendo antecedentes que hagan presumir la participación del imputado en el ilícito) al juez durante una audiencia para asegurar tanto el normal y efectivo desarrollo de una investigación como para proteger a la víctima del hecho o a la sociedad cuando se trata de imputados que la ley considera como peligrosos.
La prueba que sirve de sustento para pedir la prisión preventiva es analizada y discutida en una audiencia en la que intervienen el fiscal, el defensor del imputado y el juez.
En esas condiciones, los intervinientes tienen la posibilidad de presenciar la exposición de los hechos y los antecedentes probatorios en que se funda la solicitud de prisión preventiva y de cuestionarlos mediante sus argumentos antes de que el juez decida si acoge o rechaza la petición del fiscal de decretar la medida cautelar. El juez, teniendo presente las alegaciones y pruebas, resuelve conforme a la ley.