El Tribunal Oral en lo Penal condenó a dos de los tres imputados en el robo con intimidación a una botillería en la población Barrionuevo en Copiapó.
El caso ocurrió el 5 de julio de 2016, cuando cinco personas asaltaron a una botillería, uno de ellos tenía una máscara de payaso, mientras que otro intimidó a la locataria con un arma blanca. Finalmente uno de los sujetos que llevaba una escopeta la percutó al irse del lugar. Toda la situación que quedó registrada en un video.
Respecto a la absolución de uno de los tres imputados, el fiscal regional (s) Christian González señaló que esperarán el fallo para analizarlo. "Hay que revisar cuales son los fundamentos de esa absolución. En el veredicto el tribunal indica respecto a ese tercero faltó un estándar de prueba que el tribunal tuviese una convicción más allá de toda duda razonable de la participación del imputado, dice que aun cuando se hubiese logrado el estándar de prueba, el tercero absuelto tenía una participación menor, que no se habría encuadrado, anticipa el tribunal en una participación directa como autor".
Agregó que "se condenó a los dos principales del hecho, hay que analizar si vale la pena recurrir en contra de ese fallo que absolvió al que tenía menos responsabilidad".
Video
Consultado respecto a por qué el video del asalto no fue una prueba durante el juicio, González manifestó que "la Fiscalía tenía durante la investigación como medio de prueba ese video y lo ofreció en la acusación como medio de prueba. La defensa solicitó ante el tribunal la exclusión de ese video, porque según la defensa no lo acompañamos a la acusación, materialmente. La Fiscalía plantea que la ley nos exige acompañar la copia de la investigación, pero no las evidencias, no podemos sacarle una fotocopia, no podemos llevarlas porque tienen que ser custodiadas por el Ministerio Público y es el deber legal custodiarlas".
Por ello explicó que "lo que correspondía, era que la defensa hubiese pedido una copia durante la investigación, la defensa jamás se preocupó de pedir una copia del video durante la investigación, jamás. Si hubiese pedido, se la habríamos proporcionado".
En la acusación, el Ministerio Público acompañó copia de la carpeta investigativa, no del video. Luego de ello, la defensa pidió la exclusión de la prueba. "Nosotros nos opusimos, el tribunal de Garantía resolvió excluir esa prueba y la Corte de Apelaciones confirmó la exclusión de ese video, es un criterio jurídico", explicó el fiscal.
"Llegamos al juicio sin el video, pero no porque la Fiscalía no lo haya ofrecido, lo ofreció como medio de prueba. Ese video no era la prueba esencial, era una prueba más, una prueba accesoria, no directa porque no se veía el rostro de los imputados. Para eso hubo testigos, la propia dueña del local. Hubo prueba suficiente, tanto es así que se condenó a los autores del hecho", detalló.