El estado de la excepción laboral
La contradicción de una autoridad que propone reformar las relaciones colectivas laborales privadas y no parecer aplicar los mismos principios frente a sus funcionarios es evidente.
Una viable solución de la contradicción puede observarse en lo resuelto por el Máximo Tribunal en su supremazo Rol N° 10.972-2013, cuando señaló que la vigencia de los Derechos Fundamentales serían "ejes vertebradores de unas relaciones laborales plenamente democráticas", no debieran caber mayores dudas sobre la urgencia de reformar nuestro ordenamiento para consagrar al más alto nivel jurídico los más específicos derechos laborales para todo/a ciudadano/a que preste servicios personales subordinados y dependientes: derecho a una remuneración justa, derecho a resistir el trabajo en condiciones oprobiosas y derecho al conflicto colectivo.
La democracia tendrá bases sólidas y podrá provocar la adhesión de la sociedad civil, sólo si parte por entregar herramientas eficaces para equilibrar la desigualdad allí donde esta surge: en el espacio de trabajo, donde vivimos más de un tercio de nuestras vidas 'reales'.
Evo "nada" de dejar el poder
TC y Poder Político
Si se quería beneficiar a los estudiantes vulnerables, no era racional excluir a un gran porcentaje de ellos. Si se quería asegurar la calidad, y para ello se utilizaba el criterio de 4 años de acreditación, no era racional incluir universidades estatales que no cumplían con ese requisito. La exigencia de triestamentalidad simplemente carecía de conexión racional con los fines declarados.
Si el legislador no respeta este mínimo deber de coherencia racional, se trata de una discriminación arbitraria, la cual es inconstitucional aquí y en cualquier parte, bajo cualquier constitución, porque se trata de un principio universal. Decir, por tanto, que la decisión del TC no tiene fundamento jurídico (se comparta o no), resulta absurdo.
Si frente a casos tan evidentes el TC renunciara a controlar el poder político, significaría que el Derecho ya no limitaría al Poder, y entonces ya no podríamos hablar ni de Estado de Derecho ni de derechos fundamentales garantizados frente al legislador. Sin duda se trata de un precio muy alto, aún para quienes discrepan del fallo.
La excepcionalidad, que ha sido un tópico muy frecuente en la imaginación de nuestra identidad nacional, hoy por hoy, se va consolidando como una realidad: el Estado que surgió de la Constitución del '80 consagra más derechos que garantías jurisdiccionales para ejercerlos; los Códigos legales no se alinean con los valores de la Carta Fundamental ni a los que se le adicionan por medio de la puesta en vigencia de Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos (Bloque de Constitucionalidad); la economía 'social de mercado' parece articular una multiplicidad de colusiones y fraudes ideológicos de élites sectarias, que se apropian de gran parte de la renta nacional; las relaciones laborales ya no diferencian entre obreros y empleados, pero si lo hacen entre trabajadores y funcionarios, de suerte que no deba extrañar que contra todo pronóstico, en el mundo postmaterial que vivimos e, inclusive, contra toda expresa prohibición constitucional, de seguridad y legal, el servicio más paradigmáticamente público de todo el sector público (¡el Registro Civil!) vivió más de 30 días en paro, provocando toda clase de altisonancias en la discusión.
Leonardo Holgado Vargas, abogado
No lo dicen las autoridades chilenas, lo dicen los propios bolivianos en una encuesta, quienes en un 68% creen que la exacerbación del litigio marítimo con Chile tiene por motivo central el promover la reelección de Evo Morales para un nuevo periodo presidencial, el próximo 21 de Febrero el pueblo boliviano votará si se modifica la constitución en tal sentido, de tener un revés en sus aspiraciones de alargar su mandato, debería hacerlo repensar sus estrategias y prioridades, sin embargo de ganar, a prepararse, tendremos Evo Morales para rato…, mínimo hasta el 2025…por el momento…
Luis Soler
El Tribunal Constitucional (TC) declaró que el modo en que se pretende implementar la gratuidad universitaria es discriminatorio. En materia de no discriminación, el estándar mínimo que debe cumplir el legislador es el de coherencia racional entre medios y fines, es decir, entre la diferencia de trato que se hace, el factor de diferenciación, y el objetivo que se quiere alcanzar.
José Manuel Díaz de Valdés J. Centro de Justicia Constitucional Universidad del Desarrollo