Condenan a Servicio de Salud al pago de $50 millones
La Corte Suprema ratificó la sentencia que ordena al Servicio de Salud de Atacama a pagar una indemnización que asciende a la suma de 50 millones de pesos a la madre de un menor debido a un error en un tratamiento médico.
En 2005, Giselle Contreras llevó a su hijo Bastián Alvarado de tan sólo un año tres meses al Hospital Regional San José del Carmen en Copiapó. En esta atención médica, el pequeño recibió una dosis mayor de morfina, lo que provocó un serio daño cerebral.
La demanda fue interpuesta por la madre del menor por daño moral. La Corte de Apelaciones de Copiapó este año condenó al Servicio de Salud, sin embargo la institución recurrió a la Corte Suprema donde se confirmó el pago de la indemnización aunque se reguló el monto indemnizatorio en la suma de 50 millones de pesos y no en 90 millones, como se determinó en el fallo de la Corte de Apelaciones de Copiapó.
En un fallo dividido, la sentencia ratificó la responsabilidad del servicio en la administración de una dosis de morfina mayor a la recomendada, labor realizada en el Hospital Regional de Copiapó, en 2005. Esto generó severas secuelas que derivaron en la muerte del niño, en 2012. "Los jueces de ambas instancias concluyeron que el agravamiento y posterior deceso del paciente tuvieron una relación directa con las maniobras médicas practicadas, las que revelan un actuar temerario al suministrarse morfina, e irreflexivo frente a las dosis y efectos colaterales aparejados al uso de ese medicamento, además de constatarse una acción médica retardada ante los cambios de salud que presentaba el lactante", señala el fallo.
SERVICIO DE SALUD
A través de un comunicado de prensa el Servicio de Salud Atacama informó respecto a este caso que "efectuó todas las investigaciones correspondientes e instruyó los sumarios respectivos en el Hospital Regional de Copiapó, entregando todos los antecedentes a la justicia".
Agregó que "el Servicio de Salud Atacama a través del Hospital Regional de Copiapó, desde un inicio de acontecido los hechos, entregó todas las prestaciones y facilitó el apoyo clínico y psicosocial, tanto al menor afectado como a su familia. Conforme a lo resuelto en el fallo de la Corte Suprema, el Servicio de Salud Atacama cumplirá con el pago de la indemnización por daño moral, acorde al tenor de lo establecido en la sentencia".