Los delitos de Violencia Intrafamiliar (VIF) son sumamente complejos de ser perseguidos penalmente, principalmente porque en ellos están involucrados sentimientos y vínculos afectivos anómalos entre víctima y agresor. El trabajo de la Fiscalía debe centrarse en primera instancia en la atención y protección de las víctimas afectadas por una agresión de esta naturaleza, disponiendo para ello de protocolos que se aplican inmediatamente de conocida la agresión. Y, conforme al riesgo, se adoptan medidas de acogida y protección de mayor o menor intensidad.
En este aspecto es relevante insistir en que la denuncia de cualquier agresión en el ámbito de VIF, es decisiva para poder perseguir penalmente a su autor y así evitar que esto siga ocurriendo. Sin embargo, no todos los delitos de violencia intrafamiliar particularmente los más graves, sean lesiones de envergadura o femicidio, están precedidos por alguna denuncia en el sistema procesal penal. Denunciar una agresión provocada por la pareja o un familiar, no es sencillo, especialmente cuando hay miedo, amenazas de por medio o por los lazos afectivos involucrados. Para avanzar en la persecución penal de estos delitos se requiere denunciar, aportar todos los antecedentes necesarios, contar con el testimonio de terceros, sean familiares o vecinos, mantener la denuncia y, lo que resulta determinante, no retractarse de la misma. Es ocupación permanente del Ministerio Público que este tipo de actuaciones sean perseguidos y que sus autores respondan frente a la Ley. Tenemos la convicción que mientras menos casos queden en el anonimato u ocultos detrás de cuatro paredes, más serán las víctimas que dejarán de tener esa calidad al decidir enfrentar el problema a través del sistema judicial. No es fácil denunciar estos hechos y tampoco lo es perseguirlos penalmente si las propias víctimas no lo denuncian y no se incorporan al proceso penal. Más dificultoso se torna cuando se retractan o derechamente piden o reclaman que no haya persecución penal. En esos términos y a pesar de la dificultad que involucra su persecución, se cuenta con jurisprudencia que da cuenta de condenas de imputados a pesar de la retractación o ausencia de la propia víctima en el juicio. Así, no obstante las dificultades expuestas trabajamos en la solución de este conflicto penal que es un flagelo social que se cierne sombríamente sobre los miembros más desvalidos de la comunidad.
Héctor Mella Farías
Héctor Mella Farías Fiscal regional de Atacama